La caída de Lehman Brothers tuvo un impacto global en la economía financiera, con el colapso de la burbuja inmobiliaria y el estallido de la crisis financiera. La pérdida de la confianza en las entidades financieras todavía cobra factura en la actualidad. No olvidamos a Lehman Brothers. Sin embargo, diez años después de la quiebra de la compañía estadounidense, nos encontramos con un escenario distinto al anterior.
Las consecuencias de la crisis financiera han reforzado la necesidad de instaurar medidas preventivas para evitar que algo así vuelva a suceder. En este sentido, las autoridades son conscientes de la importancia de proteger al consumidor financiero y así lo han manifestado con la entrada en vigor de normativas como MiFID II. Marco normativo que, entre otras cosas, pretende superar la asimetría financiera, reforzando la transparencia y evaluando correctamente al cliente.
Fernando Zunzunegui, Socio Director de Zunzunegui Abogados y profesor de la UC3M, valora la posición de España frente a otros países en materia de protección del cliente financiero, en varias declaraciones para el diario económico Cinco Días. Zunzunegui defiende el papel de la nueva normativa europea pero también critica el retraso que arrastra España en la protección de consumidor financiero.
Extracto del artículo de Nuria Salobral publicado por Cinco Días:
“Con Mifid II jamás se hubiera dado el escándalo de las preferentes”, apunta Fernando Zunzunegui, abogado especializado en regulación financiera y profesor de Derecho del mercado financiero en la Universidad Carlos III de Madrid. “España está en el furgón de cola en la protección del cliente bancario. Las directivas comunitarias de protección del inversor, del hipotecado y del asegurado no se han incorporado a nuestro ordenamiento jurídico. Los bancos desatienden por sistema más resoluciones del Banco de España y de la CNMV favorables a los clientes. Falta sensibilidad tanto en las entidades como en las autoridades”, critica Fernando Zunzunegui.
Este abogado realizó recientemente un informe a petición del Parlamento Europeo, que revelaba las dificultades que plantea el hecho de que en España no esté separado de forma específica la vigilancia de la solvencia bancaria y la defensa del cliente bancario. En Reino Unido y en EE UU sí se crearon en cambio organismos, el Financial Ombudsman británico y el Consumer Financial Protection Bureau con competencias específicas para la protección del consumidor financiero.
Pese a los avances regulatorios en materia de protección al cliente bancario, las lagunas aún existentes y los excesos cometidos en el pasado han convertido a los tribunales en un elemento fundamental. Las sentencias del Tribunal de Justicia de la UE están siendo clave para los intereses de los afectados por cláusulas suelo o desahucios. “Está poniendo límites a los bancos. Surge un derecho bancario de creación judicial que aporta seguridad jurídica al mercado financiero. La banca empieza a ser colonizada por el derecho”, concluye Zunzunegui.