contrato 1024x973 La normativa MiFID II ya es totalmente operativa en España

El Boletín Oficial del Estado público el pasado día 28 el Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, que desarrolla el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores y supone la última fase de la trasposición de MiFID II al ordenamiento jurídico español, con entrada en vigor el 19 de enero de 2019. Los principios regulatorios que inspiran este real decreto y que emanan del Real Decreto Ley 21/2017, de 29 de diciembre y del Real Decreto-ley 14/2018, de 28 de septiembre, son los siguientes:

a) Asegurar unos elevados niveles de protección de los inversores en productos financieros, especialmente de los inversores minoristas.
b) Mejorar la estructura organizativa de los mercados regulados.
c) Mejorar la estructura organizativa y el gobierno corporativo de las empresas.
d) Aumentar la seguridad y eficiencia de los mercados de valores.

El nuevo texto legal incluye numerosas novedades en la regulación de:

– Las empresas de servicios de inversión (ESI) y de las demás entidades que prestan servicios de inversión. Se desarrolla reglamentariamente su régimen jurídico y se regulan entre otros, aspectos como la autorización, actividad, requisitos de organización interna y protección de activos de los clientes.

Además, se desarrollan las obligaciones aplicables a las ESI en materia de gobierno corporativo y se incluyen los requisitos para la negociación algorítmica y para el acceso electrónico directo. También se contempla la obligación de incluir en los registros de las ESI las conversaciones telefónicas y comunicaciones electrónicas relacionadas con la ejecución de órdenes por cuenta propia y con la prestación del servicio de recepción, transmisión y ejecución de órdenes. El nuevo texto aborda también los aspectos relacionados con las normas de conducta, vigilancia y control de productos, incentivos y obligaciones de información a clientes y clientes potenciales.

– Los mercados regulados: se desarrolla la normativa sobre autorización, organismos rectores, miembros, requisitos para la admisión a negociación, límites de posiciones, comunicación de posiciones, etc.

El nuevo Real Decreto incluye también novedades relacionadas con Instituciones de inversión colectiva (IIC) y con las empresas de asesoramiento financiero, que pasan a identificarse como E.A.F. y a poder contar con agentes comerciales.

Para consultar el Real Decreto en cuestión: https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/28/pdfs/BOE-A-2018-17879.pdf

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) dispone de una web específica reservada para asuntos relacionados con Mifid: http://cnmv.es/portal/MiFIDII_MiFIR/MapaMiFID.aspx

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