test bancos 1024x922 La CNMV sancionará a las entidades que no cumplan con el test de idoneidad

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha detectado incidencias en los test de idoneidad realizados por entidades financieras e impondrá sanciones para corregir este tipo de situaciones. Así lo ha anunciado el organismo supervisor en un comunicado, instando a las entidades a adoptar medidas para asegurar que el producto comercializado sea adecuado a las necesidades del cliente.

Según afirma el supervisor: “la información obtenida por entidades que prestan servicios de inversión para evaluar la conveniencia e idoneidad de las operaciones de sus clientes minoristas sobrevalora de modo significativo su formación, conocimientos y experiencia inversora”. De este modo, la información que muchas entidades obtienen del cliente no se ajusta a la realidad y no está actualizada. Todo ello puede implicar la venta o recomendación de productos inadecuados para los clientes y la colocación por parte de las entidades de valores e instrumentos financieros propios o de terceros.

En consecuencia, el organismo ha anunciado que “está actuando, incluso en vía sancionadora, para corregir este tipo de situaciones”. Asimismo, manifiesta que estas incidencias afectan “a un número relevante de entidades” y durante 2019 realizará una actuación específica de revisión en este ámbito. Precisamente, la evaluación de la conveniencia o idoneidad constituye una de las principales mejoras que presenta MiFID II, normativa que ya es operativa en España. Un marco en el que las entidades financieras deben clasificar al cliente, ofrecer únicamente productos adecuados y, en todo caso, advertir de los riesgos.

La CNMV también ha realizado una serie de recomendaciones para evitar que se produzcan fallos en los test de idoneidad. En primer lugar, resulta de interés “analizar si se dan situaciones a priori atípicas”. En este sentido, el organismo hace referencia al estudio por parte de las entidades de los datos obtenidos del cliente y si éstos resultan razonables en relación con su grado de conocimiento financiero, características sociológicas o experiencia inversora.

También recomienda la inclusión de alertas automáticas durante la obtención de datos cuando éstos no concuerden, que se revise periódicamente la información obtenida del cliente y que se establezcan procedimientos para la subsanación de incidencias. Así, la CNMV supervisará con especial rigor la actuación de las entidades financieros con respecta a la evaluación de la conveniencia o idoneidad de sus inversores e impondrá sanciones cuando sea necesario.

Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, afirma: “la aplicación de MiFID II debe ser efectiva y este tipo de avisos de la CNMV contribuyen a su aplicación. Las entidades deben conocer al cliente para ofrecerles productos adecuados a su perfil”.

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