Fintech CNMV CNMV actualiza las preguntas y respuestas FinTechTras la puesta en marcha del Portal FinTech de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el organismo supervisor publicó un documento de preguntas y respuestas para solventar las consultas pronunciadas en materia de regulación financiera tecnológica. Este documento, publicado en mayo de 2018, realizó una extensa revisión sobre cuestiones variadas, como las plataformas de financiación participativa o el asesoramiento y gestión de carteras automatizados.

En la actualidad, la tecnología financiera se posiciona como un tema novedoso y recurrente. Hace tan sólo unas semanas el Ministerio de Economía y de Empresa publicó el Anteproyecto de Ley de medidas para la transformación digital del sistema financiero. En éste, se establece principalmente el funcionamiento del llamado ‘regulatory sandbox’, el espacio de pruebas controlado por los supervisores y ajeno a la normativa de regulación financiera.

Recientemente, la CNMV actualizó el documento de preguntas y respuestas Fintech aprovechando el planteamiento de nuevas cuestiones, ya que los criterios expuestos son susceptibles de revisión. Las dos nuevas preguntas y respuestas, publicadas el pasado 6 de julio por la entidad supervisora, tratan las plataformas de negociación de criptomonedas u otros criptoactivos, así como el alcance de intervención de una entidad autorizada para prestar servicios de inversión en un determinado supuesto.

En la actualidad no existe una regulación específica sobre las plataformas de negociación de criptomonedas u otros criptoactivos (“Exchanges”), por lo cual, la CNMV considera importante realizar una serie de aclaraciones. Cuando la actividad de estas plataformas se centre en criptomonedas que no tengan la consideración de instrumentos financieros, la entidad supervisora recomienda aplicar la normativa del mercado de valores voluntariamente.

En este sentido, la CNMV recuerda que las plataformas que desarrollen sus actividades con activos considerados instrumentos financieros, deberán aplicar esta normativa de forma obligatoria. En este caso, estas plataformas deberían contar con autorizaciones para ejercer su actividad como centro de negociación, empresa de servicios de inversión (ESI), o entidad de crédito que opere como internalizador sistemático.

Por otro lado, la CNMV también da respuesta al alcance de la intervención de una entidad autorizada para prestar servicios de inversión en el supuesto del art. 35.3 de la Ley del Mercado de Valores, que hace referencia a ofertas dirigidas al público en general empleando comunicación publicitaria. De esta forma, cuando se suscriba o adquiera un instrumento financiero, la entidad autorizada podrá intervenir como “colocadora, intermediaria o asesora”. También podrá intervenir “validando y supervisando la oferta, en particular la información que se facilite a los inversores y el procedimiento de colocación o comercialización utilizado”.

La CNMV hace hincapié en la responsabilidad que recae en la autoridad de asegurarse de que la información sea clara, imparcial y no engañosa y se adecue a las características del emisor. De esa forma, la documentación que orienta en las actividades Fintech se mantiene actualizado.

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