STS, Sala de lo Civil, núm 1204/2023, de 21 de julio de 2023, recurso: 2454/2021. Ponente: Excma. Sra. José Luis Seoane Spielglberg

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foto sinopsis Los requisitos para la validez de la renuncia de acciones (STS de 21 de julio de 2023)

La aplicación de la doctrina al caso concreto: “[…] Sentado lo anterior, podemos distinguir dos pactos controvertidos, uno referido a la eliminación de la cláusula suelo y otro relativo a la renuncia de acciones por el demandante. De conformidad con la jurisprudencia citada, a la que nos remitimos, apreciamos la validez de la estipulación 4.ª del contrato privado de 23 de marzo de 2016, por la que se que eliminó la cláusula suelo original […] y, por otra parte, declaramos la nulidad de la cláusula 11.ª, sobre renuncia de acciones, que se tendrá por no puesta. La cláusula de renuncia al ejercicio de acciones contenida en la estipulación 11.ª del acuerdo transaccional de 23 de marzo de 2016 es nula de pleno Derecho, pues debe ser expresa, concreta e informada. La renuncia al ejercicio de acciones va más allá de la controversia suscitada en torno al límite mínimo de la variabilidad de la cláusula suelo, pues comprende genéricamente la renuncia, con efectos hacia el futuro, a toda reclamación judicial y extrajudicial, por cualquier concepto relacionado con el préstamo hipotecario y no sólo sobre la limitación de la variación del interés remuneratorio, amén de no haber resultado probado que la entidad recurrente hubiese proporcionado a la parte demandante información adecuada y suficiente sobre las consecuencias jurídicas y económicas del pacto de renuncia.[…] [Énfasis añadido.]

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