formacion 300x225 Nuevo Código para evitar que los bancos hagan marketing con la educación financieraLas entidades bancarias sufren la mayor crisis de confianza de toda su historia. Cada semana se conoce una nueva sentencia que obliga al banco a indemnizar a sus clientes por no informarles de los riesgos de los productos ofertados. Sin embargo, en sus manos están las principales iniciativas de educación financiera. Es legítimo hacerse la siguiente pregunta: ¿Puede el banco que por la mañana ha sido condenado, impartir educación financiera por la tarde? El número de iniciativas de educación financiera es cada vez mayor y la presencia de entidades del sector financiero “es cada vez más acusada”. Así se reconoce en el recién publicado ‘Código de Buenas Prácticas para las iniciativas en educación financiera’, impulsado por Finanzas Para Todos.

Con el fin de reducir los conflictos de interés, este 1 de junio ha entrado en vigor el nueve código, que será aplicable a las iniciativas que se desarrollen en el marco del Plan de Educación Financiera. En él se advierte de que la participación de los bancos “debe ser equitativa e imparcial de manera que se evite la eventual consideración de la educación financiera como una actividad comercial destinada a la captación de clientes o a la orientación de ésta a los clientes considerados más rentables”.

Una de las medidas más significativas del código es la que propone a los bancos evitar usar el logo cuando desarrollen actividades de educación financiera. El documento reconoce que es “necesario definir mecanismos” con el objetivo de mitigar los eventuales conflictos de interés que puedan surgir. No obstante, la lista de buenas prácticas es de carácter voluntario para las entidades.

Las nuevas normas de conducta contemplan un principio de imparcialidad, por el cual las iniciativas de educación financiera no podrán ser utilizadas por los bancos o los proveedores como acciones de marketing o de publicidad con fines comerciales. “Los intereses de los consumidores deben tener prioridad, absteniéndose los Proveedores de Educación Financiera de utilizar las iniciativas para promover sus propios productos servicios y/o criticar los productos de sus competidores”, explica.

Las 10 recomendaciones son:

1. Facilitar una educación financiera al servicio de las personas.

2. Promover una educación financiera imparcial y de calidad.

3. Separa la educación financiera de la actividad comercial.

4. Adecuar la educación financiera al público al que se dirige.

5. Facilitar una educación financiera clara, veraz y precisa.

6. Proporcionar una visión completa y libre de cualquier sesgo de las materias que abarque la educación financiera.

7. Utilizar un lenguaje sencillo, pedagógico y adecuado a las características del público al que se dirige.

8. Evitar el uso de logos y marcas propios (cuando sean entidades con ánimo de lucro)

9. Disponer de formadores debidamente capacitados.

10. Evaluar los recursos obtenidos con las iniciativas de educación financiera

 

Referencias

Código de Buenas Prácticas para las iniciativas en educación financiera

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2 comentarios

  1. Poner a las zorras a cuidar gallineros es algo habitual en esta piel de toro.

    Uno ya duda acerca de si se trata de una estrategia de la zorra que pretende con ese voluntariado aparente no solo seguir intoxicando desde la apariencia de ayudar sino obtener unos réditos muy oportunos en dos áreas: la que apunta el autor, al desarrollar un marketing encubierto (marketing de contenidos, al fin y al cabo) y otro, más socorrido, que consiste en reducir impuestos pasando este asunto como RSC mientras se intenta dotar de maquillaje la actividad diaria aparentando ser, en realidad, una señora respetable.

    Todo ello ante los asombrados ojos de quienes observamos ese comportamiento dicotómico, diría que hasta …psicótico. Porque hacen falta unas tripas alicatadas hasta el techo para abusar, mentir y destrozar patrimonios mientras se presenta uno como experto dirigido a evitar que eso mismo ocurra. ¿Y las garantías que nos proporciona el Estado de Derecho en forma de Ley y Supervisión? No sé si dormitan, si están inermes por falta de medios o si, simplemente, tienen un dueño contra natura.

    Gracias por el artículo.

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