uc313 La Clientela Minorista ante la Ingeniería FinancieraEn los últimos años se ha generalizado la oferta de productos financieros a una clientela minorista habitualmente lega en inversiones de cierta complejidad, sin que, en muchas ocasiones, hayan recibido una información que comprenda no sólo las posibles ganancias a obtener, sino también las pérdidas a valorar. Esta materia ha sido objeto de un Caso práctico bajo el título “La Clientela Minorista ante la Ingeniería Financiera”, por parte de los alumnos de los Estudios Conjuntos de Administración de Empresas y Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid, D. Pablo Serrano Serrano, D. Javier Solana Álvarez y Dña. Raquel Vázquez Llorente, en la asignatura Derecho Bancario y Bursátil. En su presentación, tras resumir algunos conceptos básicos de utilidad para el pequeño inversor, analizan los pasos que han dado la CNMV y los Tribunales en aras a proteger el derecho a la información del inversor minorista. Siguiendo este esquema, los principales puntos tratados son:

Los contratos financieros atípicos
Las entidades de crédito celebran con los inversores contratos financieros cuyas características económicas y jurídicas son diversas. Dentro de este conjunto de contratos, existe una modalidad caracterizada por la inexistencia de un compromiso, por parte de la entidad de crédito, a la devolución íntegra e incondicionada del principal, quedando su restitución vinculada a la evolución de uno o más valores cotizados o de un índice. Teniendo en cuenta las características de estos contratos, la CNMV se ha visto obligada a establecer una serie de medidas dirigidas a garantizar que los inversores cuenten con una información más clara y más sencilla, con el objetivo de protegerles frente a riesgos excesivos o bajas rentabilidades.

Los Contratos por Diferencias
Los Contratos por Diferencias han adquirido una rápida popularidad en España y cada vez son más los brokers que se deciden a comercializarlos en nuestro país. Estos productos derivados vienen precedidos de una aceptación generalizada entre los inversores de nuestro entorno europeo, incluyendo los minoristas. Es por ello que, ante la atracción que suscita su alto grado de apalancamiento financiero, liquidez y ausencia de vencimiento, la CNMV ha reiterado la necesidad de informar adecuadamente al inversor de los riesgos que los CDFs conllevan, haciendo hincapié en la normativa que les resulta aplicable, esto es, la LMV, sobre todo en lo referente al abuso de mercado.

La distribución de productos estructurados entre clientela minorista
La elevada rentabilidad que presentan los productos estructurados hace de estos un producto atractivo para la clientela minorista. Sin embargo, riesgos como su complejidad y el desequilibrio existente entre las partes contratantes suelen descubrir, cuando ya es demasiado tarde, una falta de información hacia el inversor importante. Hoy, desde la CNMV, a través del fomento de la transparencia informativa, se intenta paliar este fenómeno.

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