imagen162407g 300x182 Modificación del Reglamento de la Inversión ColectivaEl Boletín Oficial del Estado ha publicado las modificaciones al Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.

Tal y como señala el propio texto, el objetivo principal del Reglamento es completar la transposición de la Directiva 2011/61/UE relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos (más conocida como AIFMD), iniciada con la promulgación de la Ley de entidades de capital-riesgo. En este sentido, destaca especialmente la incorporación de las normas sobre la política de remuneraciones que se aplicarán a todas las sociedades gestoras, y aquellas relativas al régimen de los depositarios de todo tipo de IIC.

Por lo que se refiere al régimen del depositario, el nuevo título V incluye los elementos sustanciales para definir y regular las funciones y la responsabilidad del depositario, algunos de los cuales ya estaban regulados en nuestro ordenamiento a través de la Orden EHA/596/2008, de 5 de marzo. Esta norma quedará definitivamente derogada con la entrada en vigor de las normas técnicas de desarrollo para cuya elaboración la CNMV ha sido habilitada, y que completarán la regulación del depositario.

Otra de las novedades del Reglamento es la regulación de los distintos tipos de IIC de inversión libre (IICIL) y la posibilidad de comercialización activa de las mismas a inversores minoristas cualificados que realicen un desembolso mínimo de 100.000 euros y manifiesten por escrito que conocen los riesgos inherentes a la inversión.

Referencias

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