Publicado por EFPA.
Actualidad Regulatoria – 8 febrero 2024.
En septiembre de 2023, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y el Grupo de los Veinte (G20) publicó, tras dos años de trabajos de actualización, la nueva versión de sus Principios de Gobierno Corporativo, los cuales constituyen el estándar internacional más importante dicha materia. Estos principios definen el gobierno corporativo como el conjunto de normas que regulan relaciones entre administradores, accionistas y otras partes interesadas de una sociedad.
La finalidad de estos principios es ayudar a los legisladores de todo el mundo a evaluar y mejorar sus marcos legales, reguladores e institucionales sobre gobierno corporativo, respaldando con ello, la eficiencia económica, el crecimiento sostenible y la estabilidad financiera. Los dos objetivos concretos que se pretendían con este proceso de revisión eran, por un lado, apoyar los esfuerzos nacionales para mejorar las condiciones de acceso de las empresas a la financiación de los mercados de capitales y por otro, promover políticas de gobierno corporativo que respalden la sostenibilidad y resiliencia de las corporaciones.
Entre los comentarios de los académicos a esta actualización de los Principios, destaca la opinión del profesor Wymeersch, quien se muestra en desacuerdo con el enfoque de autorregulación y deberes de divulgación por el que han optado la OCDE y el G20, que califica como “caótico y no siempre efectivo”. Desde su punto de vista sería mejor que ciertas exigencias fuesen aplicables directamente por ley, más efectiva que la autorregulación. Por su parte, el profesor Hopt, da más importancia a lo neutral que se muestra la OCDE sobre el problema de los derechos del accionariado frente a los de los stakeholders. Considera insuficiente que se mencione simplemente que “el régimen de gobierno corporativo debe tomar en consideración los derechos, el papel y los intereses de los stakeholders”.
OCDE, nuevos principios de sostenibilidad y resiliencia
Además de algunas modificaciones en los principios originales, el cambio más importante es la incorporación de un nuevo capítulo, el Capítulo Sexto, titulado “Sostenibilidad y Resiliencia”. En él, se recogen los Principios de Gobierno Corporativo vinculados a los criterios ESG, es decir, criterios sobre el medio ambiente, materias sociales y de gobernanza (ESG, por sus siglas en inglés).
El primero, el Principio VI.A., opta por exigir a las empresas divulgar la información sobre sostenibilidad. Los datos sobre sostenibilidad que las empresas proporcionen deben ser consistentes, comparables con los de terceras entidades y de confianza. Asimismo, debe incluir resultados anteriores y perspectivas de futuro de la entidad, de tal forma que los inversores puedan valorar si invierten o no su capital. Cuando la información sobre sostenibilidad esté relacionada con riesgos sociales y de medioambiente determinantes para el valor que los inversores dan de la compañía o para su capacidad de generar beneficios, la información sobre sostenibilidad se calificará como “relevante”. Toda la información corporativa, tanto financiera como no financiera, debe estar interrelacionada. Los datos sobre sostenibilidad deben ser analizados con el mismo rigor que los datos financieros, siendo posible incluso someterlos a auditorías externas.
Guía de la OCDE
El segundo, el Principio VI.B dispone que los marcos de gobierno corporativo deben permitir el diálogo entre empresa, accionistas y stakeholders (trabajadores, proveedores y otras partes interesadas en la empresa), pues el intercambio de opiniones sobre los asuntos de sostenibilidad puede ayudar a decidir la estrategia comercial de la empresa. Incluso servir para calificar qué información sobre sostenibilidad debe considerarse “información relevante” y por tanto debe divulgarse.
El tercero, el Principio VI.C, recomienda que las juntas directivas de las empresas se aseguren de que, en sus regímenes de gobierno corporativo, políticas de gestión del riesgo y estrategias empresariales se tengan en cuenta las oportunidades y amenazas relacionadas con la sostenibilidad; incluyendo las del clima. Para ello, la OCDE sugiere apoyarse en las recomendaciones recogidas en la Guía de la OCDE de Diligencia Debida para una conducta empresarial responsable. Asimismo, es importante que las juntas directivas controlen que las decisiones a largo plazo sobre sostenibilidad que han adoptado son acatadas por los órganos de administración.
El último, el Principio VI.D, es el único que ya estaba en la versión anterior de los Principios. Este capítulo incluye recomendaciones para garantizar el derecho de accionistas, trabajadores e interesados a participar y desarrollarse dentro de la empresa.
Los principios ESG en los ordenamientos jurídicos europeos
El impacto de los principios ESG en los ordenamientos jurídicos internos europeos está siendo muy fuerte. En el año 2019, Francia modificó su Código Civil para incluir los desafíos sociales y ambientales propios de la actividad empresarial, como elemento que debe regir la sociedad junto al interés de los asociados. A su vez, en el año 2022, Italia cambió su Constitución, para recoger como obligación del Estado la salvaguarda del medio ambiente, la biodiversidad y los ecosistemas y la obligación de respetar el bienestar social y medioambiental en la iniciativa empresarial pública y privada.
Zunzunegui Abogados, coordinadores de Regulación de EFPA España