Madrid. – El pasado 15 de febrero de 2023 la Fundación Finsalud interpuso una denuncia ante la Comisión Europea (número de referencia: CHAP(2023)00565) alegando el incumplimiento del Estado español en su obligación de transponer el contenido de la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo. La Fundación Finanzas y Salud (Finsalud) es una fundación de interés general cuyo fin es la mejora del bienestar en el entorno financiero, en todas sus facetas, tanto en el bienestar físico y mental como en el bienestar patrimonial vinculado a la seguridad jurídica.
La Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo que obliga a los Estados miembros a garantizar a los consumidores residentes en la Unión Europea la posibilidad de resolver sus litigios con empresarios, incluidos los bancos, establecidos en cualquier Estado miembro mediante entidades de resolución alternativa que ofrezcan procedimientos de resolución alternativa o extrajudicial de litigios de consumo que sean independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos. La Directiva estableció como fecha límite para transponer la norma al Derecho Nacional el 9 de julio de 2015.
La Ley 7/2017, de 2 de noviembre incorporó al Derecho español la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, con una salvedad recogida en la Disposición adicional primera de la norma: las entidades de resolución alternativa en el ámbito de la actividad financiera, cuya regulación se relegó a una Ley posterior, dando plazo al Gobierno de ocho meses para su remisión a las Cortes Generales.
Nueve años y medio después de la publicación de la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, cumplido ampliamente el plazo para su incorporación al Derecho nacional, no se ha cumplido el mandato de garantizar al consumidor financiero la posibilidad de resolver sus litigios mediante la intervención de entidades de resolución alternativa que ofrezcan procedimientos de resolución alternativa o extrajudicial de litigios de consumo que sean independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos.
La falta de regulación en el ámbito de la actividad financiera de un sistema de resolución alternativa de conflictos ha ocasionado que cientos de miles de consumidores hayan tenido que acudir a un procedimiento judicial para ejercitar sus derechos. Prueba de ello es que, según datos del Poder Judicial, solo en los años 2017-2021 ingresaron un total de 713.129 asuntos relacionadas con cláusulas abusivas, litigios que podrían haber sido resueltos por un órgano extrajudicial si el Estado español hubiese cumplido con el contenido de la Directiva 2013/11/UE. De este modo se podía haber creado una doctrina que ofreciera seguridad jurídica en protección del cliente y del buen funcionamiento del mercado financiero.
El pasado 16 de diciembre de 2022, el Congreso de los Diputados registró el Proyecto de Ley por el que se crea la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero para la resolución extrajudicial de conflictos entre las entidades financieras y sus clientes. Sin embargo, a esta fecha, el Estado español no ha proporcionado al consumidor financiero la posibilidad de resolver sus litigios mediante la intervención de entidades de resolución alternativa de conflictos.
Con esta denuncia, Finsalud pretende impulsar la creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, en palabras de su presidente, D. Fernando Zunzunegui, este mecanismo generará seguridad jurídica ante la ineficacia de los supervisores nacionales. Los afectados podrán resolver los litigios de consumo mediante procedimientos independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos, de carácter vinculante para la banca.
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