Vía ElEconomista.es
El Tribunal Supremo ha condenado a Banco Santander a devolver a una empresa 1,48 millones de euros, junto con los intereses legales devengados, por el cobro de comisiones implícitas desviándose del precio de mercado tanto en el momento de contratación como en la cancelación anticipada de varios contratos de permuta financiera (swap).
La Sala de lo Civil del Alto Tribunal no ha admitido los recursos de Santander y ha declarado firme la sentencia dictada en segunda instancia por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas el pasado 11 de mayo de 2015, imponiendo a la entidad financiera las costas de los recursos.
Según el auto del Supremo, el banco «no ha cumplido» su obligación contractual de informar a los demandantes, representados por Zunzunegui Abogados, sobre «los márgenes o composición de los tipos establecidos en los contratos», información que no era accesible para los clientes.
Además, en la prueba pericial presentada por el propio banco al Alto Tribunal no se «rebaten las afirmaciones del informe de la demandante sobre el cobro de comisiones implícitas» y tampoco se «explica cómo se llega al coste de cancelación satisfecho», que debió ser a precios de mercado en aplicación de lo pactado en el contrato, según se recoge en el escrito.
Además, el auto señala que se trata de «una acción de cumplimiento contractual y no ante un tema de error vicio en el que pueda ser relevante el perfil del cliente».
En este sentido, el socio fundador de Zunzunegui Abogados, Fernando Zunzunegui, destaca que la resolución del Supremo abre la vía a las empresas con ‘swaps’, incluidas las que tengan la calificación de cliente profesional, para reclamar las comisiones implícitas cobradas por el banco.
[…] Tribunal Supremo ha condenado a Banco Santander a devolver a un cliente 300.000 euros por no informar adecuadamente de los riesgos de contratación […]