La Audiencia Provincial de Ciudad Real condena a Bankia, S.A. a devolver 27.813,91 euros cobrados “de más” en la comercialización de participaciones preferentes en el año 2011

bankiavitoria1 300x200 Bankia condenada a devolver el sobreprecio cobrado en participaciones preferentesLa Sentencia, dictada por la sección nº 2 de la Audiencia Provincial de Ciudad Real el 27 de febrero de 2017, falla a favor de un matrimonio y declara la procedencia de una indemnización de daños y perjuicios, condenando a Bankia al abono de 27.813,91 euros más el interés legal “como consecuencia de concertar operaciones a precios más onerosos que los corrientes en la plaza”, en un procedimiento dirigido por Zunzunegui Abogados.

El fallo viene a revocar la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Alcázar de San Juan, que acordó desestimar la demanda interpuesta por los clientes “por cosa juzgada por preclusión”. Y es que los demandantes habían interpuesto una demanda frente a Bankia en el año 2013 en reclamación de nulidad de la orden de compra de participaciones preferentes, entendiendo el juzgado que “en ambos procedimientos la causa de pedir es idéntica, tanto en la vertiente fáctica como jurídica”.

Sin embargo, la Sentencia de la Audiencia recoge que “ciertamente no es la misma causa pretendi la que llevó a los recurrentes a solicitar la declaración de nulidad de su contrato sobre la base de haber prestado un consentimiento viciado por error, y la que, una vez declarada la validez de su contrato tras ser desestimadas sus pretensiones, les lleva a pedir ahora, sobre la base de dicho contrato, el cumplimiento de sus obligaciones por el comisionista”.

Así, la Audiencia hace suyas las conclusiones del Informe Razonado sobre el Case de Operaciones sobre participaciones preferentes y deuda subordinada emitidas por Bancaja y Caja Madrid y concluye que estas entidades “no gestionaron los conflictos de intereses generados por la realización de cases entre sus clientes a precios significativamente alejados de su valor razonable”, por lo que condena a Bankia al abono de las cantidades cobradas de más en concepto de indemnización por los daños y perjuicios causados a los demandantes.

Recordemos que el Informe constató que durante los años 2010 y 2011 Bankia estableció sistemáticamente un sobreprecio para las operaciones de compra de las participaciones preferentes y las obligaciones subordinadas que efectuaban sus clientes a través de la red de sucursales. Con esto, la entidad conseguía simular el valor de estos productos en el mercado secundario manteniéndolos en cotizaciones cercanas al 100%, lo que ocultaba su devaluación.

Fernando Zunzunegui, Presidente de Zunzunegui Abogados, celebra que “los clientes puedan recuperar el sobreprecio por los productos, recuperando en algunas emisiones hasta el 75% del importe, con independencia de las posibles acciones por una mala comercialización”.

Lea la sentencia completa en PDF.

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