El pasado 31 de diciembre de 2016 se publicaron en el Boletín Oficial del Estado las sanciones impuestas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a Popular Banca Privada, S.A. por la comisión de dos infracciones muy graves relacionadas con su actuación en contra del interés de sus clientes.
Así, la CNMV resolvió el 24 de noviembre de 2016 imponer a Popular Banca Privada, S.A. sendas multas de 600.000 y 300.000 euros por la comisión de dos infracciones muy graves [cf. art. 99, letra z) bis, de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (LMV)] consistentes, por un lado, en la vulneración del deber de actuar con transparencia y diligencia y en interés de sus clientes, por haber percibido comisiones que no se ajustan a lo establecido en el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión; y, por otro lado, en la recomendación a clientes de instrumentos financieros no adecuados a sus objetivos de inversión o a su experiencia y conocimientos, incumpliendo la obligación impuesta en el artículo 79 bis de la LMV.
Los Tribunales de Justicia han reconocido estas las malas prácticas de Popular Banca Privada de recomendar productos financieros complejos y de alto riesgo con incumplimiento de las normas de conducta del mercado de valores, cobrando además comisiones implícitas en las operaciones, sin la debida información a sus clientes.
Referencias
- Publicación en el BOE de la resolución de 24 de noviembre de 2016, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publican las sanciones por infracciones muy graves impuestas a Popular Banca Privada, SA., de 31 de diciembre de 2016.
- “Popular, condenado a devolver medio millón al vender un producto financiero complejo”, Revista de Derecho del Mercado Financiero, 11 de noviembre de 2016.