Extractos del artículo de JM Vals, publicado en Tiempo PDF
El proceso de arbitraje abierto por las emisiones de estas participaciones de Bankia no es más que un eslabón en la larga batalla jurídica
La guerra de las preferentes no ha hecho más que empezar. Teóricamente, cuando termine el proceso de arbitraje abierto estos días y que finaliza el 30 de junio próximo, el problema de estos títulos colocados entre clientes de cajas nacionalizadas estará resuelto en una gran parte y solo quedarán flecos judiciales por algunas demandas. Nada más lejos de la realidad. El abogado y economista Fernando Zunzunegui, autor del documento que sirvió de base para el informe emitido por el Defensor del Pueblo el pasado mes de marzo, augura «pleitos durante varios años en la Audiencia Nacional”.
Y, ¿por qué ha pasado todo esto? Fernando Zunzunegui lo tiene claro. “Las participaciones preferentes –dice en su informe remitido al Defensor del Pueblo– son productos financieros de alto riesgo colocados en las sucursales de las entidades de crédito como una alternativa a los depósitos a plazo”. En esta estrategia, “bancos y cajas –continúa el documento– las ofrecieron como si fueran renta fija rentable con un cupón seguro, cuando en realidad se trata de
renta variable de escaso atractivo, con problemas de liquidez, cuya rentabilidad queda condicionada a la buena marca del emisor”. La conclusión, según este economista y abogado, es que las preferentes emitidas por estas entidades de crédito “constituyen recursos propios para la banca y deuda perpetua para los inversores”.
Un cambio en los criterios contables sacó a las preferentes de los recursos propios que las entidades financieras podían considerar capital de máxima calidad (core capital) y entonces estos activos perdieron su atractivo. Cuando los ahorradores comenzaron a querer recuperar su dinero comenzaron las sorpresas de muchos de ellos, que vieron cómo aquellas inversiones que les habían ofrecido en el banco eran perpetuas, es decir, que no se podía recuperar el dinero, salvo vendiendo los activos en el mercado, normalmente con abultados descuentos sobre su valor inicial. “Ante este panorama –señala Zunzunegui–, la mayor parte de las entidades de crédito emisoras de estos productos han procedido a ofrecer canjes a los clientes con el fin de darles una salida que minore las pérdidas y les permita mantener una relación de clientela. Sin embargo, algunas entidades, en concreto las que han sido rescatadas con dinero público, tenían vetada esta solución”.
El veto deriva del mandato incluido en el memorando de entendimiento que
España firmó con la Comisión Europea, el Banco Central Europeo y el Fondo
Monetario Internacional para recibir hasta 100.000 millones de euros para
recapitalizar las cajas con problemas de solvencia. De esa cantidad solo han
sido usados 41.000 millones de euros, pero las condiciones no han variado y
las dos que más afectan a los inversores privados son que los accionistas y
los poseedores de preferentes deben sufrir pérdidas. Es decir, que estas cajas nacionalizadas estaban obligadas a repercutir entre los poseedores de preferentes una parte de las pérdidas en las que han incurrido las entidades. El problema viene cuando los ahorradores se sienten engañados porque no sabían realmente en lo que invertían o porque han comprado preferentes con precios presuntamente manipulados.
Para el primero de los casos es para lo que el Gobierno ha puesto en marcha el procedimiento del arbitraje. Para el segundo no hay ninguna vía de negociación abierta, por lo que ya hay una demanda en marcha, preparada precisamente desde el despacho de Fernando Zunzunegui, que pretende reclamar 240 millones de euros para aquellos inversores que habiendo comprado preferentes en el segundo mercado, normalmente a través de las propias oficinas de las cajas, lo hicieron a precios muy cercanos o exactamente iguales al nominal de las emisiones, cuando el valor real era sensiblemente inferior.
Para la presentación en las próximas semanas de esta demanda, en la que de momento hay más de 300 clientes personados, los abogados utilizarán un documento interno de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), fechado el 11 de febrero de 2013, en el que la autoridad bursátil constata que en determinadas emisiones de preferentes de antiguas cajas hoy integradas en Bankia se produjeron operaciones de compra y venta de títulos que eran comprados a unos clientes para vendérselos a otros, a prácticamente el nominal de la emisión cuando cualquier método de valoración, incluido el de las propias acciones de la entidad, reducían considerablemente el mismo. La CNMV fija incluso los criterios por los que puede cuantificarse el perjuicio económico hecho a los nuevos compradores, lo que según los abogados “facilita enormemente la demanda, ya que no es necesario ni siquiera acudir a un peritaje independiente, ya que hay uno oficial de la propia CNMV”.
En este caso, según señalan fuentes jurídicas, la demanda colectiva tiene casi asegurado el éxito, puesto que los clientes están identificados y el perjuicio objetivo ha sido analizado por una autoridad que además fija los criterios para calcular el daño económico hecho por la manipulación de precios. “En el caso de que los clientes se sientan engañados, porque cuando invirtieron inicialmente en preferentes, en el momento de ser emitidas, no conocían realmente en qué metían su dinero, los juzgados suelen pedir que se vaya caso a caso, porque no todos son iguales. Aquí no merece la pena –dicen estas fuentes– abrir demandas colectivas, porque en muchos casos los tribunales obligan a convertirlas después en individuales y hay que empezar de cero”.