El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Móstoles ha anulado cinco contratos de cobertura de tipos de interés de préstamos ‘swaps’ vendidos por el Banco Santander a dos empresas inmobiliarias y le obliga a devolver 317.107 euros por las liquidaciones cobradas, según la sentencia dictada el pasado 30 de marzo a la que tuvo acceso Europa Press.
La sentencia concluye que la entidad «no proporcionó una información suficiente, detallada y comprensible sobre las características del producto», por lo que las empresas no eran conscientes de «las implicaciones de los productos que contrataban y del verdadero riesgo que asumían».
Además, el juez llega a la conclusión de que «los propios comerciales de la entidad bancaria parecían no conocer bien los productos, por lo que difícilmente podían informar de los mismos». Los ‘swaps’ comercializados «son productos en los que el cliente nunca puede ganar mucho pero sí perder mucho», señala la sentencia.
Fuentes de la entidad consultadas por Europa Press confirmaron que recurrirán la sentencia ante la Audiencia Provincial de Madrid. Las dos empresas, dedicadas a la construcción y promoción inmobiliaria, suscribieron en 2006 sendos préstamos hipotecarios por valor de 3,3 millones de euros y 1,02 millones de euros cada uno.
El banco recomendó al cliente, propietario de las dos empresas, unos productos de cobertura de tipos de interés y firmó los Contratos Marco de Operaciones Financieras (CMOF) para establecer los ‘swaps’ vinculados a los préstamos sin conocer el «elevado» coste que podrían suponer las liquidaciones, ni que los costes de cancelación anticipada ascendían a 979.110 euros y 292.700 euros, respectivamente.
La sentencia considera que la entidad incurrió en un «conflicto de intereses» al no informar de las previsiones de evolución de los tipos de interés y que con estos contratos «se protegía a costa de los clientes ante la bajada de los tipos de interés y, por otro lado, cobraba unas comisiones ocultas muy elevadas (en total 409.792 euros)».
La contratación de los dos productos supuso unas pérdidas totales de 317.107 euros (71.988 euros y 245.119 euros para cada ‘swap’), que sumados a los costes de cancelación provocaron unas pérdidas de casi 1,5 millones de euros a las empresas. El juez exime al cliente de pagar la cancelación del producto, tal y como reclamaba.
El presidente de Zunzunegui Abogados, Fernando Zunzunegui, representante de las empresas, explicó que «esta sentencia marca un antes y un después en materia de ‘swaps’ al fijar con claridad la responsabilidad de los bancos que los han colocado en contra del interés del cliente sin informarles de los riesgos».
«Permutas y permutas financieras»:http://www.malagahoy.es/article/opinion/1103829/permutas/y/permutas/financieras.html
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