Aprobado el Proyecto de Ley por el que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
Fernando Zunzunegui

%name Las reunificadoras deberán registrarse en ConsumoEl Consejo de Ministros de 4 de julio de 2008 ha aprobado un proyecto de ley destinado a regular a las reunificadoras y demás empresas dedicadas a la intermediación en el crédito. Según el proyecto, este tipo de empresas de crédito deberán registrarse en los registros de las autoridades de consumo. De este modo, el Gobierno descarga al Banco de España de una responsabilidad que debería haber asumido hace tiempo.

Además, el proyecto da carta de naturaleza a los prestamistas privados. Existían dudas, derivadas del ámbito de actividad legalmente reservado a los establecimientos financieros de crédito (EFC), sobre la licitud de la dedicación habitual a la concesión de créditos sin haber obtenido la previa licencia del Banco de España. El proyecto disipa estas dudas, al reconocer que personas distintas a las entidades de crédito podrán dedicarse de forma empresarial a la concesión de préstamos hipotecarios. Estos prestamistas privados deberán cumplir normas de transparencia frente al cliente similares a las que rigen para las entidades de crédito. Sin embargo podrán competir con la banca sin sujeción a las normas de capital y otros recursos propios, lo cual les sitúa en una situación privilegiada para desarrollar negocio a menor coste.

A los prestamistas privados y demás intermediarios de crédito les bastará con registrarse en el registro que a estos efectos deben abrir las autoridades de consumo de las comunidades autónomas o, en su defecto, o cuando vayan a operar en varias comunidades autónomas, en el correspondiente registro nacional.

Además de registrarse, los intermediarios de crédito deberán contar con un seguro o cobertura profesional que cubra las responsabilidades en que puedan incurrir frente a la clientela.

Estamos ante una oportunidad perdida para ordenar el sector de las reunificadoras y completar la ordenación del asesoramiento financiero de una forma coherente y en línea con los ordenamientos más desarrollados.

Referencias

Lea la nota de prensa oficial sobre proyecto de Ley Proyecto de Ley por el que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.

Informe Anual 2007, del Defensor del Pueblo (Epígrafe12.2.4. Reunificación de deudas), donde reitera su criterio de que sean las autoridades financieras las que ordenen y supervisen el sector de las refinanciadoras.

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