El Banco de España es la autoridad bancaria encargada de promover el buen funcionamiento y la estabilidad del sistema financiero y de supervisar el cumplimiento de la normativa específica de las entidades de crédito. Cumple las funciones características de los bancos centrales, pero, además, tiene encomendada la vigilancia bancaria.
En el mercado financiero la ordenación y supervisión de las entidades financieras se atribuye a autoridades administrativas de carácter técnico que actúan en coordinación con las autoridades políticas del sector. El Ministerio de Economía y Hacienda es la autoridad política del mercado financiero. A su vez, las competencias técnicas se reparten principalmente entre el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, aunque la complejidad del mercado y de sus productos y la aparición de conglomerados financieros justifica en la actualidad la existencia de un supervisor financiero único.
El origen del Banco de España se remonta al Banco de San Carlos, erigido en 1782, quien tras una vida azarosa se transformó en 1829 en Banco Español de San Fernando, para adoptar su definitiva denominación de «Banco de España» por la Ley de 28 de enero de 1856. Su evolución histórica siempre ha ido vinculada al privilegio de emisión de la moneda nacional. En 1874 se declara la unidad de emisión atribuyéndose al Banco de España el carácter de banco nacional. A su vez en 1962 es nacionalizado, quedando configurado como entidad de Derecho público dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda. Pero este cambio de naturaleza no afectó a su continuidad como titular de la facultad de emisión. Desde 1980 goza de autonomía frente al poder político, aunque en la actualidad actúa bajo la dependencia del Banco Central Europeo.
Está dotado de una buena organización. El gobernador dirige y preside el Banco y lo representa en organismos internacionales como el Comité de Basilea. El gobernador ostenta además la condición de miembro del consejo de gobierno del Banco Central Europeo. Es un puesto codiciado por su relevancia pública y su poder sobre bancos y cajas.
Para ser gobernador se requiere ser español y tener reconocida competencia en asuntos monetarios y bancarios. Su nombramiento corresponde al Rey a propuesta del Presidente del Gobierno por una duración de seis años, sin posibilidad de renovar el mandato. El subgobernador, sustituto del gobernador en su ausencia o enfermedad, es designado por el Gobierno a propuesta del gobernador.
Mucho se está discutiendo, en estos momentos de renovación de cargos, sobre el perfil que debe tener el nuevo gobernador. Sin duda profesionalidad e independencia son requisitos necesarios para ocupar el cargo. Pero también es importante el carácter y la personalidad del candidato. La labor de Jaime Caruana, siempre respaldado por los sabios consejos de Gonzalo Gil, ha sido muy satisfactoria. Gobernador y subgobernador deben ser como uña y carne, y así ha funcionado a la perfección el tándem Caruana-Gil, combinando el perfil más político de uno con el más técnico del otro.
La iniciativa del Partido Popular de que el gobernador y subgobernador fueran elegidos por una mayoría reforzada de tres quintos del Congreso fue rechazada el martes pasado por el Partido Socialista, aunque una propuesta análoga, referida al nombramiento del presidente de la CNMV, constaba en su programa electoral. La iniciativa del Partido Popular se justificaba por la necesidad de alcanzar un consenso en el nombramiento del gobernador. Pero lo importante no es tanto que exista un consenso entre las principales fuerzas políticas, sino que el nombramiento recaiga sobre profesionales independientes con amplia experiencia y conocimientos en materia financiera. Que sea así no depende del consenso político. Más bien la experiencia en otras instituciones nos enseña que el consenso entre los partidos lo que asegura es un reparto de poder entre los mismos. Lo que si resultaría de gran interés sería aplicar el modelo de Estados Unidos de los nomination hearings ante el Comité Bancario del Senado. De este modo, los candidatos deberían comparecer ante el correspondiente comité parlamentario para un examen y verificación de sus méritos profesionales y de su independencia. Esta comparecencia ante todos los grupos parlamentarios sería mucho más eficaz para el control de la idoneidad de los candidatos que el consenso político. Sirva de ejemplo de cómo funcionan este tipo de comparecencias, la protagonizada con éxito por Ben Bernanke el pasado 15 de noviembre de 2005, antes de ser nombrado hasta por 14 años presidente de la Reserva Federal.
Publicado en Expansión.
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