Ley 36/2007, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero (BOE núm. 276, de 17 de noviembre de 2007)
Fernando Zunzunegui

eurotres Basilea II: Nueva ley de recursos propiosLa Ley 36/2007, transpone parcialmente al Derecho interno español la Directiva 2006/48/CE, relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a su ejercicio, que incorporó al Derecho comunitario, junto con la Directiva 2006/49/CE, sobre adecuación del capital de las empresas de servicios de inversión y entidades de crédito, el Nuevo Acuerdo de Capital de Basilea de 2004, conocido internacionalmente como Basilea II.

¿Cuál es su objetivo?

Garantizar la estabilidad del sistema financiero, previniendo la aparición de crisis financieras, mediante el control de la solvencia de las entidades de crédito.

¿Cómo se va a controlar la solvencia de las entidades de crédito?

Con los siguientes tres pilares:

Primer Pilar: Mediante requerimientos mínimos de recursos propios.

Segundo Pilar: Mediante un sistema de supervisión que fomenta la gestión interna de los riesgos.

Tercer Pilar: Mediante la utilización del efecto disciplinario del mercado, obligando a las entidades a divulgar información sobre su perfil de negocio, exposición al riesgo y formas de gestión del riesgo.

¿Quién aprobará los métodos para medir el riesgo?

Le corresponde al Banco de España determinar las condiciones de utilización de los métodos de medición del riesgo.

Como novedad, se permite la utilización de calificaciones externas de crédito por empresas de rating reconocidas por el Banco de España.

¿Hay obligación de informar al público sobre la solvencia de las entidades?

Si, las entidades de crédito deben publicar anualmente un documento sobre “información con relevancia prudencial”.

¿Cómo deben organizarse internamente las entidades de crédito?

Las entidades de crédito deben contar con una estructura organizativa con líneas de responsabilidad bien definidas, transparentes y coherentes, así como de procedimientos eficaces de identificación, gestión, control y comunicación de los riesgos, junto con mecanismos adecuados de control interno, incluidos procedimientos administrativos y contables sólidos. Cuando presten servicios de inversión deberán cumplir los requisitos de organización interna previstos en la Ley del Mercado de Valores.

¿Cuándo entrará en vigor la nueva normativa de recursos propios?

La Ley 36/2007, entrará en vigor el 1 de enero de 2008.

Referencia

Acceda al texto completo de la Ley 36/2007, de 16 de noviembre, por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero (BOE núm. 276, de 17 de noviembre de 2007)

print button gray Basilea II: Nueva ley de recursos propios

2 comentarios

  1. Me parece excelente la forma de resumir las repercusiones que tuvo el acuerdo de Basilea II. Sinceramente, he leído mucho acerca del tema y tu entrada es de las más concisas que he visto.

    Sin duda fue un avance pero la crisis financiera mundial evidenció a su vez los puntos débiles que el nuevo acuerdo tenía todavía en materia de riesgo y solvencia propia.

    En fin, ¿crees que Basilea III aporta lo necesario o todavía se queda corto? Me gustaría conocer tu opinión.

    Un saludo y adelante con el blog,
    Juan

    • Juan, agradezco tus comentarios. Basilea II se quedó corta en los coeficientes de solvencia y en la regulación de los derivados. Erró al confiar en la self-regulation. Basilea III pretende superar estas deficiencias, pero se ha solapado con la crisis. Habrá que esperar a tiempos más tranquilos para despejar el panorama.
      Fernando Zunzunegui.

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