Publicado por EFPA
Actualidad Regulatoria – Octubre 30, 2024
Desde hoy se encuentra disponible el Boletín de Actualidad Regulatoria elaborado por Zunzunegui Abogados para EFPA España con el foco puesto en las directrices de la EBA para abordar la cuestión del reembolso de los titulares de tokens en caso de crisis del emisor.
En el Boletín de este mes, destaca que la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) ha publicado sus directrices finales para abordar la cuestión del reembolso de los titulares de tokens en caso de crisis del emisor. Estas directrices, dirigidas a las autoridades competentes designadas bajo el Reglamento MiCAR, afectaría en los casos de emisores de tokens referenciados a activos (ART, por sus siglas en inglés) y emisores de tokens de dinero electrónico (EMT, por sus siglas en inglés). Estas directrices de la EBA detallan el contenido del plan de reembolso que los emisores de ART y EMT deben desarrollar mientras se encuentran en funcionamiento.
Qué incluyen las directrices de la EBA
Las directrices de la EBA incluyen estrategias para la liquidación de la reserva de activos, el mapeo de actividades críticas, el contenido de las reclamaciones de reembolso, los principales pasos del proceso de reembolso y los factores que podrían desencadenar la activación del plan por parte de la autoridad competente. Además, se han implementado modificaciones específicas con el fin de simplificar la redacción y ofrecer mayor claridad en algunos aspectos puntuales
A nivel nacional, destacar la reciente notificación de la Comisión Nacional de Mercados y Valores (CNMV) a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) sobre la adopción de las directrices relativas a las denominaciones de fondos que utilicen el término ASG o términos vinculados a la sostenibilidad. A partir de ahora, la CNMV integrará estos criterios en los procedimientos de autorización, registro y supervisión. El objetivo de dichas directrices es determinar en qué casos las denominaciones de los fondos que incluyen términos relacionados con ASG o sostenibilidad pueden resultar inexactas, confusas o engañosas.
Directrices ESMA para fondos ASG
Para ello, se establecen estándares comunes para los gestores de fondos cuando promuevan Organismos de Inversión Colectiva en Valores Mobiliarios (OICVM o UCTIS, por sus siglas en inglés) y Fondos de Inversión Alternativo (FIA) utilizando en su nombre un término relacionado con los ASG. La aplicación de estas directrices comenzará el 21 de noviembre de 2024 pero aquellos gestores de fondo constituidos con anterioridad, tendrán un plazo de seis meses desde la fecha de aplicación –es decir, hasta el 21 de mayo de 2025– para implementarlo.
A su vez, la CNMV recuerda a los participantes españoles en los mercados europeos la obligación de cumplir, antes del próximo 26 de octubre, con la actualización correspondiente a la notificación de sus contratos vigentes celebrados antes del 29 de abril de 2024, de acuerdo con los nuevos estándares introducidos tras la modificación del Reglamento EMIR, que introdujo el Reglamento EMIR-Refit. Esta normativa implica la incorporación de nuevos conjuntos de datos y criterios para la notificación de derivados a los Registros de Operaciones (Trading Repositories, por sus siglas en inglés), afectando tanto a entidades financieras y no financieras, como a personas físicas con actividad económica que hayan suscrito contratos de derivados.
Más allá de la EBA: ámbito internacional
En lo que respecta al panorama internacional, la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés) ha presentado su informe final sobre la educación de los inversores minoristas en relación con los criptoactivos. El informe propone unas claves que, los miembros de este Comité podrían promover en sus respectivas jurisdicciones. Entre estos mensajes destacan advertencias sobre el elevado riesgo que conllevan las inversiones en criptoactivos, debido a su volatilidad. Asimismo, se insta a los inversores a ser cautelosos con las inversiones promocionadas en redes sociales, ya que muchas de ellas pueden carecer de las protecciones básicas para el inversor.
En palabras de Jean-Paul Servais, presidente de IOSCO: “Con el creciente interés generalizado por los criptoactivos, los inversores minoristas están sujetos a riesgos únicos. Los acontecimientos del mercado han demostrado que la industria conlleva altos niveles de volatilidad, fallos y malos actores que causan daños a los inversores y a los mercados…”.
A propósito de la IA
Finalmente, se propone la lectura del Informe sobre la Estabilidad Financiera Mundial publicado por el Fondo Monetario Internacional (IMF, por sus siglas en inglés). El informe, si bien consta de tres capítulos, un especial interés reviste el tercero de ellos, que evalúa los recientes avances en IA y IA generativa y sus implicaciones para los mercados de capitales. En particular, declara que aunque la IA puede reducir los riesgos para la estabilidad financiera al permitir una mejor gestión del riesgo, aumentar la liquidez y mejorar la supervisión del mercado, también puede conllevar nuevos riesgos como el aumento la volatilidad en situaciones de tensión, más opacidad y aumento de riesgos operativos y cibernéticos.
Aunque la forma de abordar estos riesgos, en su mayoría está prevista en la normativa, es necesario que las autoridades nacionales competentes se preparen para posibles cambios imprevisibles. Para ello, se propone mejorar la supervisión y la recopilación de datos sobre la actividad de los grandes operadores; abordar la dependencia interna y externa de datos, modelos e infraestructuras tecnológicas; adoptar un enfoque coordinado para la definición de proveedores de servicios críticos de terceros de la IA y seguir esforzándose por lograr la resiliencia de los mercados de capitales mediante la mejora de los protocolos de ciberataque.
Zunzunegui Abogados,
Coordinadores de Regulación de EFPA España.