Publicado en 65 y más, por Marta Jurado
Prestar dinero rápido, por internet y sin papeleos. Este es uno de los grandes reclamos de las empresas dedicadas a los créditos rápidos, a los que están ya recurriendo cientos de familias ante los problemas económicos generados por la crisis del Covid-19. Un señuelo que permite disponer de liquidez fácilmente para hacer frente a las urgencias de pago pero que esconde una letra pequeña con intereses abusivos que conducen en la mayoría de los casos a un espiral de deuda de la que es difícil salir, advierten los expertos. Así, un préstamos de 300 euros, puede llegar a pagarse por el doble a los pocos días o acumular deudas imposibles de pagar durante años.
Hasta ahora el foco estaba en los intereses desorbitados de los minicréditos y de las tarjetas revolving contra las que se ha establecido una reciente sentencia del Supremo, pero según denuncia la Organización de Consumidores y Usurios (@consumidores) cada vez más empresas se están lanzado a ofrecer préstamos de mayores importes (hasta 5.000 euros) y a devolver en plazos más largos (hasta cuatro años). «Siguen siendo créditos de rápida concesión, con algún requisito adicional, pero que suelen conducir igualmente al sobreendeudamiento de las familias en situación de vulnerabilidad económica», aclaran.
Así, señalan como ejemplos los elevados TAE que ofrecen algunos préstamos de entidades como Creditea (381,28 %); Euroloan (200%), o Monedo Now (197,15 %), muy por encima del límite de 20% a partir del cual el Banco de España considera interés ‘usurero’. Este indicador es el precio total que va a pagar un cliente, que se compone del tipo de interés más el resto de gastos y las comisiones, por lo que debe ser uno de los elementos en los que se fije el usuario a la hora de contratar el crédito, pero éste no estará siempre visible, explican los expertos.
Entidades no reguladas
El problemas de este modelo de negocio es que la concesión de este tipo de crédito es una actividad empresarial no regulada, tal como explica Fernando Zunzunegui (@FeZunzunegui), abogado y profesor de Derecho Financiero de la Universidad Carlos III de Madrid. «Suelen ser empresas no registradas en los supervisores financieros, que se presentan como respetuosas con los clientes –es el caso de Creditea–, pero en ocasiones utilizan prácticas comerciales agresivas que según el Tribunal Supremo puede convertir al prestatario en un deudor «cautivo»». Esto significa que las compañías son libres de fijar los precios, pero como todas, «deben ser transparentes y, en relación con consumidores, no abusivas». La realidad es que en muchas ocasiones son todo lo contrario.
Las recientes sentencias sobre las tarjetas revolving que consideran los tipos de interés por encima del 18,69% «usureros», están poco a poco calando en el sector financiero, pero estas otras entidades que funcionan más bien como comercializadoras que como bancos, y solo están limitadas por la Ley de usura de 1908, que considera “nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero o en condiciones que resulte leonino, es decir, aceptado por la inexperiencia o situación angustiosa del cliente. (…)”. Es decir, que suele estar dirigida a penalizar los abusos más graves.
Fuente: OCU
Modelo de negocio: crear deuda viva
«El modelo de negocio de entidades como Creditea, que funcionan como líneas de crédito rápido, es similar al de las tarjetas revolving y se basa en mantener la deuda viva a través de elevados intereses que maximizan sus beneficios», explica Antonio Luis Gallardo, economista de la Asociación de Usuarios Financieros (@asufin). «El modelo consiste en que gastes, aunque sea pequeñas cantidades, que se tarificarán con elevados intereses».
«El mayor peligro que corren los clientes es quedar enganchados con deudas que se incrementan cada día y de eso precisamente se aprovechan las empresas quienes en ocasiones ofrecen primeros créditos sin intereses», recuerda Gallardo, quien señala que recurren a publicidad por internet que esconde los intereses o confunde con términos equivalentes como «honorarios». Por eso, sostiene el economista, debería haber una normativa que regulase el crédito responsable.
La mayoría de capital extranjero
Fuente: Elaboración propia a partir de Axesor
Aunque hay algunas empresas con capital español, detrás de la mayoría de ellas hay grupos extranjeros. En un gran porcentaje son de origen británico, donde este modelo de negocio está muy asentado. Así, Creditea (@CrediteaSpain), que se implantó en 2015 en España, pertenece a la empresa británica International Personal Finance Digital, así como Money Mas, que es filial de Group Limited de James Benamor, también compañía tecnológica de Reino Unido. Monedo Now, está controlada por la empresa alemana Kreditech, especializada en tecnologías de la información y Euroloan tiene capital de la tecnológica finlandesa Mash Finance. Por su parte, Fidinda pertenece a un banco registrado en Malta y Bondora a una aseguradora de Estonia.
En España, antes de la crisis de 2008 existían algunas de estas entidades, pero fue con el colapso financiero y sus consecuencias en el tejido social, cuando empezaron a proliferar, según los expertos. «Ahora mismo, con la crisis del coronavirus existe una gran probabilidad de que se vuelvan a multiplicar ya que estas entidades se aprovechan de los momentos de crisis», señala el economista de ASUFIN. De hecho, una de sus diferencias es que llegan principalmente a los colectivos más vulnerables que no pueden acceder a otro tipo de crédito más regulado, como podría ser un banco.
Pocas reclamaciones
El drama de los créditos rápidos es que sus cantidades no son muy elevadas y por lo tanto los afectados no suelen demandar. Esto afecta principalmente a los minicréditos rápidos, pero también a las líneas de crédito como las de Creditea, explican los expertos. «Todavía hay mucho desconocimiento. Se percibe el exceso en los intereses, pero se desconocen las vías para reclamar. Cualquiera puede pedir la nulidad de un préstamo usurario, incluso los autónomos y empresarios, pero muy pocos lo hacen», señala Zunzunegui.
Por eso desde las asociaciones de consumidores insisten en alertar sobre este tipo de producto de fácil acceso, que puede convertirse en una trampa financiera, tal como señala no solo la OCU sino también ASUFIN, quien en un reciente informe instaba a los canales bancarios convencionales a facilitar anticipos y otras alternativas para los afectados por la pandemia para que no tengan que caer en los créditos rápidos.
La sentencia del Supremo, un precedente legal
En marzo de 2020, el Tribunal Supremo falló ante una sentencia contra las tarjetas revolving de Wizink, que se considera usurario un interés del 27,24% TAE. «Tras esta sentencia, muchos emisores de tarjetas han rebajado los tipos de interés situándolos en torno a ese 20% TAE, pero no ha ocurrido lo mismo con las entidades de crédito que hacen caso omiso de la sentencia, y siguen ofreciendo abiertamente préstamos a intereses abusivos y, lo que es peor, ampliando el importe y los plazos, lo que convierte en más peligrosos esos créditos para los consumidores», señalan desde la OCU.
Para la organización de consumidores estas ofertas demuestran que los actuales mecanismos para limitar los intereses usurarios resultan «totalmente ineficaces», y por ello pide que se establezcan por ley límites claros para saber cuándo un interés es usurario, como existen en otros países como Italia desde 2011. Una limitación que es necesaria y urgente por la difícil situación económica en la que se encuentran muchas familias. En este sentido consideran que la sentencia del Supremo, en este sentido, se quedó corta.