cnmv 300x168 Las IIC extranjeras no armonizadas deberán remitir su información estadísticaLa Comisión Nacional del Mercado de Valores ha emitido un proyecto de Circular que amplía la información que las Instituciones de Inversión Colectiva extranjeras deben remitir a la CNMV e incluye las no armonizadas como entidades también obligadas a enviar su información estadística.

“El crecimiento de la comercialización transfronteriza de productos de inversión colectiva hacen necesario”, según señala la CNMV en el texto de la propuesta de Circular, ampliar y mejorar los datos que recibe el regulador para conocer la evolución y características de este segmento del mercado y evitar así infravalorar su tamaño.

El proyecto de Circular modifica la Circular 2/2011 y el estado estadístico A01 para incorporar nuevas variables tanto cuantitativas como cualitativas, y obliga a las IIC extranjeras no armonizadas a enviar su información. Las IIC extranjeras deberán remitir a la CNMV y a sus socios y partícipes su estado estadístico de forma trimestral e identificar la entidad encargada de representar a la IIC ante la CNMV.

Una vez terminado el periodo de consulta pública al que se sometió el documento, su entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2018, por lo que la primera información que deberá presentarse con los nuevos modelos será la referida al primer trimestre de 2018.

Referencias

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