El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 877/2015, de 2 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
Entre otras materias, el Real Decreto aborda la reforma del Reglamento de IIC con el fin de flexibilizar el coeficiente de liquidez de las IIC de carácter financiero, sustituyendo el requisito mínimo del 3 por ciento de su patrimonio en activos líquidos por un coeficiente mínimo del 1 por ciento y la obligación de que las IIC dispongan de un nivel suficiente de activos convertibles en efectivo diariamente que les permitan atender los reembolsos en los plazos establecidos en la normativa.
Asimismo, el Real Decreto modifica el artículo 132 del Reglamento de IIC, que regula la función de control de efectivo del depositario, explicitando en la norma los principios establecidos en el artículo 16 de la Directiva 2006/73/CE, por la que se aplica la Directiva 2004/39/CE en lo relativo a los requisitos organizativos y las condiciones de funcionamiento de las empresas de inversión.
Referencias