El Consejo de Gobierno del Banco de España ha aprobado la Circular por la que se desarrollan las normas contables de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb).
Tal y como señala la nota de prensa, la Circular tiene como objetivo asegurar la coherencia entre las especificidades contables y los fines generales de la Sareb como sociedad gestora de activos. En este sentido, su aprobación responde a la habilitación normativa contenida en el apartado 10 de la disposición adicional séptima de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que establece una serie de especificidades contables que debe aplicar la Sareb y habilita al Banco de España para que desarrolle tales especificidades, en especial los criterios para que la Sareb concrete la metodología para estimar las posibles correcciones en el valor de sus activos.
De acuerdo con la Circular, la estimación en el caso de los activos inmobiliarios se realizará a partir de su valor hipotecario (conforme a la definición contenida en la Orden ECO/805/2003), ajustada para reflejar la evolución de los precios de mercado y los horizontes temporales del plan de negocio de la Sareb.
Referencias
- Circular 5/2015, de 30 de septiembre, del Banco de España, por la que se desarrollan las especificidades contables de la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria, S. A.
- Nota de prensa del Banco de España, 2 de octubre de 2015.
- Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
- Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras.