Vía Europa Press.
El Banco Santander tendrá que pagar 1,5 millones a empresas canarias por cobrar comisiones implícitas en swaps, después de que la Audiencia Provincial de Las Palmas haya desestimado el recurso que la entidad financiera interpuso contra el fallo de la sentencia del 12 de septiembre de 2013 dictada por el Juzgado de Primera Instancia número dos de Las Palmas de Gran Canaria.
De esa forma, la sentenci de la Audiencia, dictada el pasado 11 de mayo de 2015, confirma la condena al Banco Santander del pago de 1.480.143 euros junto con los intereses legales devengados desde la percepción indebida, al haberse desviado de los precios de mercado tanto en el momento de contratación como en la cancelación anticipada de varios contratos de swap.
Asimismo, la sentencia impone las costas de la Segunda Instancia a Banco Santander, en un procedimiento que ha defendido Zunzunegui Abogados. En este sentido, la ponente Emma Galcerán Solsona y los magistrados han considerado acreditado que la entidad financiera «se imputó una ganancia determinada al no haberle atribuido un valor de cero, o carácter equilibrado, a los productos en el momento de la contratación, sin conocimiento o consentimiento del cliente».
Asimismo, se entiende probado que no se informó con carácter previo a la contratación de los swaps al cliente, así como tampoco del método de estimación de una «hipotética cancelación anticipada».
En este sentido, la parte demandante destaca, en un comunicado, que la «gran novedad de este caso es que la demanda de las empresas canarias no pedía la nulidad de los contratos de swap sino su cumplimiento».
Así, la sentencia recoge que «carecen de relevancia las circunstancias de que la actora tuviera un director financiero, la experiencia previa o que en los clientes profesionales, se presuma que pueden tomar sus propias decisiones de inversión».
Finalmente, el presidente de Zunzunegui Abogados, Fernando Zunzunegui, ha subrayado la «importancia de la sentencia porque confirma una nueva vía para que todas» las empresas reclamen por swaps. «Es la primera vez que una Audiencia Provincial obliga a devolver al cliente las comisiones implícitas cobradas al contratar el swap», concluyó.