MADRID, 7 Nov. (EUROPA PRESS) –
El Tribunal Supremo ha declarado firme una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenaba a Santander a pagar 3,4 millones de euros a un colegio por la colocación de un swap que no era adecuado a su objetivo de estabilidad, al inadmitir los recursos interpuestos por el banco ante dicho fallo.
La cooperativa de profesores de un colegio contrató un swap tras ser asesorada por Banco Santander, que colocó un producto «inapropiado a su perfil minorista y no experto» e incumplió sus deberes de información a la cooperativa al no informar debidamente sobre la naturaleza, riesgos y alcance de este producto financiero complejo, según consideró la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó a la entidad a devolver lo pagado.
El Santander interpuso un recurso extraordinario por infracción procesal y otro de casación contra dicha sentencia, que fueron remitidos al Tribunal Supremo.
El Supremo ha considerado que «no procede» la admisión de dichos recursos, destacando que no se ha tenido en cuenta solo el incumplimiento del banco de informar al cliente o el desconocimiento del usuario sobre el producto, sino que el incumplimiento declarado en la sentencia se debe a que la entidad ofreció un producto inadecuado (swap) para estabilizar los tipos de interés.
Zunzunegui Abogados, que ha representado a los demandantes, ha resaltado la importancia de fundamentar la condena en la inadecuación del producto al objetivo de estabilidad del colegio.
La decisión del Alto Tribunal tiene como consecuencia que se declare la firmeza de la sentencia recurrida, que se pierdan los depósitos constituidos y que se imponga al banco recurrente las costas de los recursos.