Fernando Zunzunegui
Desde hace años venimos insistiendo en que uno de los principales problemas de nuestro sistema financiero es el de la politización de las Cajas de Ahorros. Son los políticos autonómicos y municipales los que designan directa o indirectamente los órganos de gobierno de las cajas. Las cajas viven del ahorro del público, y precisamente con el pretexto de democratizar su funcionamiento fueron entregadas al control de los políticos autonómicos por una ley de 1985. Sin embargo esta solución democratizadora no se aplicó a los bancos con los que comparten la misma actividad. La intervención política de las cajas recibió en 1988 el visto bueno del Tribunal Constitucional, al considerar que el poder de las comunidades autónomas sobre las cajas era un aspecto básico del crédito. Desde entonces, pese a los esfuerzos del Banco de España por mantener su solvencia y profesionalidad, su desarrollo se vincula a los intereses de las fuerzas políticas de las comunidades en las que operan.
Con la manifestación externa de la crisis, los excesos y las malas prácticas de las cajas de ahorros imponen una reestructuración del sector. La fusión entre cajas y su absorción por las más solventes aparece como la mejor solución. Pero el régimen actual da poder de veto a las comunidades autónomas sobre los procesos de fusión entre cajas de distintas comunidades autónomas. De este modo, los intereses locales y el miedo a que se descubran negocios vinculados pueden entorpecer los procesos de fusiones.
Ya es hora de rectificar. Las fusiones entre cajas debe ser competencia del Estado. La estabilidad del mercado nacional no puede depender de los intereses particulares de los políticos de determinada comunidad autónoma.
¿Cómo es posible que decidir sobre el gobierno de Caja Madrid sea una cuestión a dilucidar entre la presidenta de la Comunidad de Madrid y el Alcalde de Madrid, o que la organización y obra social de La Caixa, con sucursales por toda España, lo decida en exclusiva la Generalitat? Caja Madrid y La Caixa son, como buena parte de las cajas de ahorros, entidades de crédito nacionales y a las autoridades nacionales debe corresponder su régimen y control administrativo.
Pero para atribuir la competencia sobre la fusión entre cajas al Estado se requieren cambios legales y de la doctrina del Tribunal Constitucional. El camino lo ha empezado a despejar Juan Alfonso Santamaría Pastor, catedrático de Derecho administrativo, en un artículo periodístico bajo el título “Acerca de las fusiones interregionales”, en el que afirma en relación con la doctrina del Tribunal Constitucional sobre las cajas que “lo básico no es un concepto inamovible ni eterno”. Sigue así la estela de lo anunciado con timidez por Adolfo Sequeira Martín, Catedrático de Derecho Mercantil, en su reciente artículo sobre “La relevancia de la fusión de cajas de ahorros”.
Se debe pues renovar la doctrina constitucional que consideraba que la competencia del Estado para fijar las bases de la ordenación del crédito y la banca no se extendía al control de las fusiones de las cajas. Las cajas son entidades cuya importancia desborda los límites de la comunidad autónoma en la que operan. Su saneamiento es un asunto de interés nacional. Su actividad afecta al todo el territorio nacional y debe ser controlada por el Banco de España y sometida a una ley estatal de cajas de ahorros que sustituya a las autonómicas.
[…] La fusión de las cajas y el interés nacional La insolvencia de las entidades financieras. La función del fondo de garantía de […]