Indemnización por daños y perjuicios: “(…) Banesto había incumplido determinados acuerdos celebrados entre las partes (…) y dicho incumplimiento había llevado a subastar a instancia de la entidad bancaria una serie de fincas de los demandantes (…), y a instancia de otra entidad un inmueble de Agreco SA, al no haber podido hacer frente esta última, por la actuación de Banesto, a los pagos a que estaba obligada. El incumplimiento por la demandada de lo convenido ya había sido objeto de enjuiciamiento en un proceso anterior (…) en el cual recayó sentencia condenatoria firme (…).
En dicha sentencia se declaró que Banesto había practicado indebidamente, en unos casos, y dejado de practicar debiendo hacerlo, en otros, determinadas operaciones; como consecuencia de lo cual condenó a dicha entidad a practicar una liquidación con los demandantes, cuyo resultado fue que era Banesto quien resultaba ser deudora de los demandantes en la fecha en que se llevaron a cabo las referidas ejecuciones. De ahí que los demandantes solicitaron en la demanda instauradora del presente proceso una indemnización consistente en la diferencia de valor entre el precio alcanzado en subasta por los bienes ejecutados y el valor de mercado que tenían en las fechas en que se celebraron, más una indemnización por daños morales a los demandantes -personas físicas- (…). La consideración de los hechos revela claramente que los daños y perjuicios sufridos por los demandantes mediante una ejecución indebida que recayó sobre sus bienes se deriva directamente de la actuación de Banesto que fue contraria a lo convenido en cuanto a las operaciones de ingreso que debía llevar a cabo; sin que se haya alegado (…) causa alguna excluyente de la imputación objetiva del resultado a la entidad demandada.”