Fernando Zunzunegui
Ley 47/2007, de modificación LMV
Texto consolidado Ley del Mercado de Valores (vía CECA)
Se ha publicado en el BOE la ley de transposición al Derecho español de la Directiva de mercados de instrumentos financieros (MiFID), por la que se reforma la Ley del mercado de valores (LMV). Es la reforma más importante desde la promulgación de la LMV en 1988. Da nueva redacción o modifica 50 artículos y añade 43 nuevos artículos al texto de la Ley. El resultado es una nueva ley cuya refundición con otras leyes financieras deberá realizar el Gobierno en el plazo de un año.
Estas son sus principales novedades:
- Elimina el monopolio de las Bolsas sobre la contratación de acciones. Nuevos sistemas multilaterales de negociación (SMN) o sistemas de internalización de órdenes en el seno de los grupos financieros podrán competir con las Bolsas.
- Obliga a las entidades financieras que presten servicios de inversión a conocer al cliente. Deben proceder a clasificar a los clientes. Los servicios que se ofrezcan a los clientes minoristas deben adecuarse a su perfil. Para asesorar o gestionar su cartera deberá velarse por su idoneidad, es decir, por su adaptación a los objetivos y situación financiera del cliente.
- Las entidades deberán organizarse con nuevas funciones internas, de cumplimiento normativo, auditoría y gestión de riegos. Deberán publicar las políticas de mejor ejecución de las órdenes de los clientes así como las de gestión de conflictos de interés. Disponen de seis meses para adaptarse.
- El asesoramiento financiero en materia de inversión pasa a ser un servicio de inversión sometido a la autorización de la CNMV. Puede ser ejercido tanto por personas físicas como por sociedades.
- La CNMV refuerza sus potestades, por ejemplo, ahora puede solicitar el embargo o la congelación de activos.
Referencia
Texto completo de la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado
de Valores, BOE núm. 304, del 20 de diciembre.

