Publicada en el BOE la Ley 6/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley del Merado de Valores, en materia de opas y de transparencia de los emisores.

Se trata de una ley de transposición parcial al Derecho interno español de dos directivas comunitarias, la Directiva 2004/25/CE, de opas, y la Directiva 2004/109/CE, de transparencia de los emisores. Es una importante reforma que incorpora o da nueva redacción a 18 artículos de la Ley del Mercado de Valores.

Por un lado armoniza la información que deben a suministrar al mercado las sociedades cotizadas, ya sea de forma continua a través de hechos relevantes o a través de informes periódicos, y, de otro, sustituye nuestro peculiar régimen de opas intencionales (a priori), escalonadas y parciales, por una ordenación de tipo anglosajón, de opas que debe formularse una vez adquirido el control (a posteriori) y de carácter total.

Bajo el nuevo régimen, quien adquiera el control de una sociedad cotizada, por haber adquirido el 30 por 100 del capital de una sociedad cotizada o haber designado la mitad de sus consejeros, queda obligado a formular una opa por la totalidad de las acciones y a un precio “equitativo”.

Se considera que el precio es equitativo cuando al menos alcance el precio que haya llegado a pagar el oferente en el período anterior a la opa que se determine reglamentariamente. La CNMV queda facultada para modificar el precio así calculado en las circunstancias que se determinen en el reglamento.

La ley de reforma de la LMV entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el BOE, es decir el 13 de agosto de 2007.

Texto completo de la Ley 6/2007, de 12 de abril, de reforma de la Ley24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, para la modificación del régimen de las ofertas públicas de adquisición y de la transparencia de los emisores.

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