Fernando Zunzunegui

bail13 Riesgos de quita y ponEl Consejo de la CNMV de 12 de marzo de 2018, aprobó la Circular 1/2018, sobre advertencias relativas a instrumentos financieros. El 15 de marzo de 2018 la CNMV publica una nota de prensa acompañando un enlace al texto completo de la Circular 1/2018, con referencia a que estaba pendiente de publicación en el BOE. Como resulta preceptivo el proyecto de circular fue comunicado a la Comisión Europea, con fecha 11 de mayo de 2017.

Dicha circular, al igual que el proyecto comunicado a la Comisión Europa, califica las acciones de los bancos como instrumentos de especial complejidad de conformidad con la Comunicación de ESMA de 2 de junio de 2016 sobre prácticas MIFID para la comercialización de instrumentos financieros sujetos a la Directiva de resolución bancaria. Con la entrada en vigor de la citada Directiva el 1 de junio de 2016 la comercialización de las acciones de los bancos quedó sometida al régimen de los instrumentos complejos que exige evaluar al cliente con el preceptivo test de conveniencia o idoneidad, con aviso expreso del riesgo de resolución, también conocido como riesgo bail-in. Esta clarificación resulta de especial importancia para los accionistas afectados por la resolución de Banco Popular. Según la Comunicación de ESMA, ahora recogida de forma expresa por la CNMV, quienes adquirieron acciones tras la entrada en vigor de la Directiva de resolución bancaria, debieron ser advertidos del riesgo bail-in, tras evaluar la conveniencia de la oferta atendiendo a sus conocimientos y experiencia del cliente. Un riesgo que debió ser advertido y que de no haber sido advertido puede fundar las demandas de los accionistas perjudicados.

Tras la publicación de la Circular 1/2018 en la web de la CNMV la prensa destacó la importancia de considerar las acciones como instrumentos complejos sujetos a advertencias especiales. Despachos internacionales, como Uría Menéndez reseñaron en sus boletines esta circunstancia.

Por fin, la Circular 1/2018 fue publicada en el BOE de 27 de marzo de 2018. Pero lo publicado en el BOE no se corresponde con lo aprobado por el Consejo de la CNMV. Hay un cambio esencial. Se han suprimido las diez referencias a los “instrumentos de capital” de los bancos, es decir a sus acciones, como instrumento complejo sometido a advertencias especiales. El presidente de la CNMV debe rectificar, vía corrección de erratas, esta alteración y rendir cuentas de lo sucedido comunicando a ESMA y a la Comisión Europea el incidente.

Addenda (3 abril 2018)

La CNMV nos ha trasladado que se trata de una rectificación de erratas realizada por el propio Consejo, lo cual solventa el problema formal suscitado quedando aclarado el incidente.

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