Texto en PDF

Fernando Zunzunegui
chiringuito ¿Qué es un chiringuito financiero?Un chiringuito financiero es una empresa que presta servicios de inversión sin estar autorizada. Hay puestos de Bolsa de funcionamiento regular y chiringuitos al aire libre que funcionan al margen del control bursátil.

Al igual que sucede con los médicos, la profesión financiera requiere acreditar ante la autoridad la idoneidad para su ejercicio. Se limita el acceso a la profesión de quienes se dedican a operar con fondos ajenos. Así la recepción de órdenes de compraventa de valores para su ejecución en el mercado o la gestión de carteras requiere obtener una autorización previa del Ministerio de Economía y Hacienda.

Los chiringuitos financieros no son ni diablos ni magos de la finanzas. Son simples empresas que operan sin autorización administrativa y que por esta razón deberían ser cerradas de inmediato. Cuestión distinta es que exista fraude. Pero recordemos que los principales fraudes en el mercado de valores han sido protagonizados por agencias con registro oficial. Nos estamos refiriendo a AVA y Gescartera, calificadas por extensión como chiringuitos.

Los inversores confían en la regularidad de las empresas que prestan servicios de inversión en el mercado. Presuponen que los establecimientos abiertos al público disponen de los correspondientes permisos administrativos. No culpabilicemos a las víctimas de fraudes financieros por no verificar la regularidad de la empresa que les ofrecen los servicios. La agresividad de su política de captación de fondos no es distintivo exclusivo de los chiringuitos financieros. Hay bancos tradicionales que ofrecen un 10% de remuneración por los nuevos depósitos. Lo que hace falta es mayor claridad en la delimitación del perímetro de las actividades financieras. Que se sepa con nitidez que actividades son libres y que actividades requieren autorización administrativa. Con esta finalidad debería haber un registro único de entidades financieras, de fácil acceso para su consulta por parte de los consumidores.

Hay casos de empresas que vulneran la reserva financiera y que, sin estar autorizadas, se dedican a canalizar órdenes al mercado o gestionar carteras. En estos casos, la Comisión Nacional del Mercado de Valores debe advertir al público de la existencia del operador de hecho y requerir el cese inmediato de sus actividades. Si tras el requerimiento, el operador continuara prestando el servicio, debe imponer una multa de hasta trescientos mil euros, que podrá reiterar con ocasión de posteriores requerimientos.

Además de estas medidas cautelares, hay que tener en cuenta el régimen sancionador. La prestación habitual de servicios de inversión por personas no habilitadas constituye una infracción administrativa muy grave. Esta responsabilidad será solidaria de la entidad y de sus gestores. Se sanciona con multa del tanto al quíntuplo del beneficio obtenido y amonestación pública. Además podrá imponerse al administrador responsable multa de trescientos mil euros, que puede elevarse hasta el 5 por 100 de los fondos utilizados en la infracción.

Con frecuencia el supervisor que vigila el intrusismo recibe una misma respuesta: “Nosotros no operamos, sólo nos dedicamos a recomendar inversiones”, con lo cual quedarían al margen del control financiero. Pues lo más habitual son iniciativas que se sitúan en la zona gris del asesoramiento todavía de libre ejercicio. Un asesor que se limita a recomendar inversiones puede ejercer libremente su profesión sin necesidad de autorización administrativa aunque deba someter su actuación a las normas de conducta del mercado. La solución a este problema no está en penalizar el asesoramiento independiente sino en regularlo. Precisamente, la importancia que el asesoramiento tiene para el inversor ha determinado que en aplicación del Derecho comunitario los asesores de inversiones a partir de noviembre del año que viene tengan que obtener una autorización administrativa para continuar ejerciendo su profesión. De este modo, el perímetro de las actividades financieras reservadas se amplía al asesoramiento de inversiones.

Lo primero que hay que hacer al tener conocimiento de haber entregado nuestro dinero a un chiringuito financiero es acudir al auxilio de la autoridad, solicitando a la entidad el reembolso inmediato de nuestra inversión. Si la gestión de la crisis por parte de las autoridades financieras no resulta eficaz siempre podremos acudir a los tribunales a exigir una reparación. Los negocios jurídicos celebrados por el chiringuito financiero no resultan nulos. Los contratos serán válidos entre las partes, aunque sancionables administrativamente. Será aplicable el régimen del contrato a los efectos de calcular la indemnización debida al cliente. Esta responsabilidad será solidaria de la entidad y de quienes desempeñando en la misma cargos de administración o dirección hubieren autorizado o permitido la celebración del contrato.

Publicado en Expansión.

print button gray ¿Qué es un chiringuito financiero?