andre francois mckenzie uw3VwkDHiMI unsplash Europa se anticipa regulando los criptoactivosLa introducción de innovaciones digitales en la industria financiera está provocando una revolución en el sector. Fintech, asesoramiento automatizado, crowdfunding, blockchain…, son algunas de las novedades que están asentándose en el sector financiero. También los criptoactivos (crypto-assets) están aumentando su notoriedad, sobre todo tras el lanzamiento de la criptomoneda de Facebook denominada «Libra».

Desde la aparición del bitcoin (2008) como primer criptoactivo mundialmente conocido, el sector ha evolucionado y madurado. La aparición de las ofertas iniciales de criptomonedas y el aumento del número de transacciones de criptoactivos –no sólo criptomonedas –, ha dado lugar a una tipología muy variada.

Sin embargo, y pese a la proliferación de distintos criptoactivos y sus múltiples usos, a nivel internacional todavía no se ha alcanzado un consenso acerca de la naturaleza jurídica y funciones de este tipo de activos.

A comienzos de 2019, la Autoridad Europea de Mercados y Valores (ESMA) publicó un informe en el que dividía los criptoactivos en dos tipos: por un lado, aquellos que pueden calificarse como instrumentos financieros y, por otro, todos aquellos que se tratan de monedas privadas y tokens para acceder a un bien o servicio. También la Autoridad Bancaria Europea (EBA) realizó un informe técnico en el que evaluaba la ideoneidad y aplicabilidad de la legislación de la UE a los criptoactivos. Ambos supervisores pusieron de relieve los riesgos derivados de la no sujeción a las disposiciones sobre protección de los consumidores e integridad del mercado. Asimismo, la EBA alertaba de los riesgos que podían derivarse de una fragmentación nacional de la normativa sobre criptoactivos y de la necesidad de revisar la normativa contra el blanqueo de capitales.

A finales de 2019, la Comisión Europea lanzaba una consulta pública sobre la conveniencia de crear un marco regulatorio para los criptoactivos que pusiera fin a la falta de seguridad jurídica que sufre un sector en crecimiento. De esta forma, la Comisión persigue recoger la opinión de los stakeholders sobre cómo adaptar la actual regulación financiera a los criptoactivos que sí son considerados instrumentos financieros y, por otro lado, establecer un marco normativo completo para aquellos que no son instrumentos financieros.

Hace escasos días, se filtraba un borrador de la propuesta de reglamento de la Comisión Europea sobre el mercado de criptoactivos, que puede suponer la primera regulación supranacional al respecto. El texto de la propuesta, que pretende poner fin a la inseguridad jurídica y fomentar la innovación, califica a los criptoactivos como “una de las mayores aplicaciones de la tecnología blockchain en el mundo de las finanzas”.

En primer lugar, el proyecto de reglamento circunscribe su ámbito de aplicación a aquellos criptoactivos que no son considerados instrumentos financieros. Para establecer un enfoque uniforme, la propuesta recoge una serie de requisitos comunes de transparencia y divulgación en relación con la emisión, el funcionamiento, la organización y la gestión de los proveedores de servicios de criptoactivos, así como normas de protección del consumidor y medidas para evitar el abuso del mercado. Para la comercialización de criptoactivos, el borrador de la Comisión contempla que, generalmente, los emisores deben publicar un whitepaper, el cual estará sujeto a la supervisión de las autoridades competentes, quienes estarán facultadas para suspender o prohibir la oferta, exigir la inclusión de información adicional en el whitepaper o hacer público el hecho de que el emisor no cumple con este reglamento.

Del mismo modo, el texto de la propuesta de reglamento aborda el régimen de los tokens referenciados a activos, incluyendo requisitos de información, gobernanza, conflicto de intereses, etc., los cuales se refuerzan cuando los tokens se refieren a activos significativos. Respecto a los tokens de dinero electrónico, la propuesta de la Comisión incluye un derecho de reembolso a valor nominal en cualquier momento.

La función supervisora sobre los emisores de tokens de dinero electrónico se asigna inicialmente a las autoridades nacionales. No obstante, se prevé que estas facultades las asuma un colegio supervisor, presidido por EBA y con miembros de ESMA, del BCE y de los bancos centrales nacionales, para el caso de monedas significativas (como, por ejemplo, Libra).

Por último, respecto a los proveedores de servicios de criptoactivos, la propuesta contempla la idea de un pasaporte comunitario para todos los proveedores, complementario al registro que ESMA deberá llevar.

El avanzado estado de la propuesta de reglamento europeo es una noticia positiva para el mercado. Garantizar un marco regulatorio favorecerá la innovación y el desarrollo de criptoactivos, al mismo tiempo que dota de protección a los inversores. Habrá que esperar al último trimestre del año para ver el texto definitivo del Reglamento.

En opinión de Fernando Zunzunegui, profesor de Derecho del mercado financiero de la Universidad Carlos III: “La propuesta adapta al Unión del Mercado de Capitales a las criptomonedas. Crea un nuevo pasaporte europeo para los proveedores de servicios de criptomonedas y regula su emisión con reparto de la supervisión entre EBA y las autoridades competentes nacionales. Con estas acertadas medidas la Unión Europea se consolida como vanguardia mundial en la regulación Fintech”.

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