Deber de informar adecuadamente: “[…] Una serie de clientes de la entidad bancaria Bankinter, S.A. […] interpusieron una demanda […] en la que […] se exigía del banco la responsabilidad derivada del incumplimiento de las obligaciones que tenía frente a los clientes demandantes, […] Los incumplimientos descritos en la demanda afectaban a la obligación de entrega individualizada de los títulos justificativos de la adquisición y utilización de cuentas globales y a la obligación de facilitar a los clientes información sobre los riesgos del producto, […] La Magistrada-Juez de Primera Instancia […] dictó una sentencia en la que estimó plenamente la reclamación formulada por los clientes que habían adquirido productos emitidos por los bancos islandeses, […] y estimó en parte la reclamación formulada por los clientes que adquirieron productos de Lehman Brothers […] Tanto Bankinter como los demandantes apelaron la sentencia. La Audiencia Provincial estimó el recurso del banco y revocó la sentencia […] Los demandantes interpusieron [..] recurso extraordinario por infracción procesal y el Tribunal Supremo lo estimó, anuló la sentencia de la Audiencia Provincial y repuso las actuaciones al momento anterior a dictarse la sentencia de apelación, […] La Audiencia Provincial dictó una nueva sentencia […] respecto a la […] que […] [t]anto los demandantes como Bankinter han interpuesto sendos recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, que han sido admitidos. Recurso extraordinario por infracción procesal formulado por Bankinter. […] El primer motivo del recurso […] debe ser desestimado […] no puede afirmarse que la Audiencia Provincial, al decir que no consta que con carácter general se entregara al inversor el documento informativo sobre el producto antes de contratarlo, contradiga algún hecho que hubiera sido admitido por los demandantes y que, por tanto, haya incurrido en la infracción denunciada. […] La afirmación de la recurrente […] no puede justificar la pretensión de que ha existido un error patente en la valoración de la prueba, […] el hecho de que Bankinter hubiera entregado a algunos demandantes folletos de información sobre los productos de inversión de Lehman Brothers antes de contratarlos […], no puede llevar a que se anule la sentencia por este motivo. La sentencia de apelación no basa la condena a Bankinter exclusivamente en el hecho de que el banco no entregara a sus clientes la documentación informativa […], sino también en la insuficiencia de la información sobre el riesgo de crédito […]”. [En] El primer motivo del recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por los demandantes […] Los recurrentes basan el motivo del recurso sobre una hipótesis no demostrada, consistente en que la indemnización que resulta de la sentencia de la Audiencia Provincial, […] es inferior a la que resulta de la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, […] Los pronunciamientos de un tribunal de casación no pueden fundarse en simples hipótesis carentes de soporte en las actuaciones que son objeto de su recurso, actuaciones entre las que no se encuentran las de ejecución, sea definitiva o sea provisional, de las sentencias dictadas en las instancias. […] [En] el segundo motivo del recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto por los demandantes […], los recurrentes alegan que «la argumentación empleada por la Audiencia Provincial para no condenar a Bankinter al pago de los intereses desde la fecha de la sentencia de primera instancia para los productos Lehman incluye razonamientos arbitrarios y manifiestamente irrazonables», […] La sentencia de la Audiencia Provincial ha hecho referencia no solo a las circunstancias de todo tipo concurrentes, sino también a la complejidad de la controversia suscitada. Que dicha complejidad justifique o no la decisión sobre los intereses no es una cuestión de razonabilidad propia del recurso extraordinario por infracción procesal, sino una cuestión propia del recurso de casación. […] Este resultado […] es consecuencia de la acumulación de acciones relativas a diferentes productos […] por lo que no puede imputarse al tribunal la comisión de una conducta arbitraria. […] [En] El tercer motivo del recurso […] formulado por los demandantes […] se alega que se impugna la incorrecta motivación jurídica […] sobre los efectos que la acumulación subjetiva de acciones despliega en el procedimiento en lo relativo a costas, […] Es doctrina reiterada […] la que afirma que las concretas decisiones judiciales en aplicación de la legislación sobre costas procesales competen enteramente al juez o tribunal que conoce del correspondiente juicio o recurso, […] por lo que los pronunciamientos sobre costas no son susceptibles de recurso ante esta sala, salvo contadas excepciones. El presente caso no se encuentra entre tales excepciones. […] En todo caso, […] estamos […] ante un pronunciamiento razonado […]”
Insuficiencia de la información facilitada: “[…] [En] el primer motivo del recurso de casación de Bankinter […] se alega […] que para valorar la suficiencia de información facilitada a los demandantes, la Audiencia Provincial no ha tenido en cuenta su perfil y su experiencia inversora. […] La sentencia […] no vulnera la jurisprudencia de esta sala sobre la trascendencia del perfil de los clientes, […] Por el contrario, […] se ajusta a lo declarado por esta cuando afirma que la actuación en el mercado de valores exige un conocimiento experto y que el hecho de tener un patrimonio considerable o que el cliente hubiera hecho algunas inversiones tampoco le convierte en cliente experto, cuando no se prueba que en casos anteriores se le hubiera dado una información adecuada. […] Respecto de la suficiencia de la información facilitada […], la Audiencia Provincial sigue la jurisprudencia de esta sala […] Que la normativa sobre el mercado de valores aplicable al caso excluyera de la calificación de oferta pública aquella en la que se ofrezcan valores por un importe mínimo de 50.000 euros no convierte a los destinatarios que se decidan a adquirirlos en clientes profesionales ni exime a la empresa de inversión de facilitar, con suficiente antelación, la información adecuada sobre la naturaleza y los riesgos de los productos ofertados. […] En el desarrollo del [segundo] motivo se alega que la sentencia de la Audiencia Provincial no justifica la existencia del nexo causal entre el presunto incumplimiento imputado a Bankinter y el daño sufrido por los demandantes, […] Bankinter incurre en el mismo defecto en que incurrió en el anterior motivo, que es articular su impugnación sobre unos hechos que no son los fijados en la sentencia […] por una parte, y en realizar una valoración jurídica incorrecta, […] En este caso, Bankinter omitió facilitar a sus clientes información adecuada sobre el riesgo que finalmente se materializó y determinó la pérdida por parte de sus clientes de la práctica totalidad de su inversión, por lo que existió tanto una relación de causalidad fenomenológica como un título de imputación de la responsabilidad. […] [En] El motivo tercero del recurso de casación formulado por Bankinter […] se alega que la infracción se habría cometido porque, […] la Audiencia Provincial considera que la procedencia de la acción de indemnización no solo viene dada por el incumplimiento de la obligación de información por parte de Bankinter, sino también por el incumplimiento por Bankinter de su obligación de realizar el test de idoneidad. […] Este motivo del recurso de Bankinter no puede determinar que casemos la sentencia recurrida […] porque, […] el argumento relativo a la falta de realización del test de idoneidad, además de aplicable solo a algunos de los clientes, es una razón adicional a la estimación de la pretensión de los demandantes, pues la primera y principal razón de la condena de Bankinter, aplicable a todos los demandantes, es que Bankinter omitió facilitarles, con la debida antelación, información adecuada sobre la naturaleza y los riesgos asociados a los productos de inversión ofertados, […] En el desarrollo del [último] motivo se alega que la infracción se habría cometido porque la Audiencia Provincial no aplicó la facultad moderadora de la indemnización […] Tal pretensión no es compatible con la naturaleza del recurso de casación, por lo que el motivo debe ser desestimado. [Énfasis añadido]
Dies a quo de los intereses legales: “[…] El único motivo del recurso de casación de los demandantes […] por infracción de los arts. 1101 y 1108 del Código Civil […] afecta a los pronunciamientos obtenidos por los adquirentes de bonos simples y bonos estructurados emitidos por Lehman Brothers. […] La dicotomía que se plantea en este motivo estriba en si las indemnizaciones que se declaran en favor de los adquirentes de los productos Lehman deben devengar el interés legal desde la fecha de interposición de la demanda, […] o si, por el contrario, conforme ha acordado la Audiencia Provincial, deben devengar el interés legal […] desde la fecha de la sentencia de segunda instancia, […] Debemos partir de que la indemnización que en la sentencia de apelación se acuerda en favor de los adquirentes de bonos simples y estructurados Lehman no es la que se solicitó en la demanda, […] En el caso de los bonos simples, del precio de adquisición, […] ha de detraerse el importe de los rendimientos obtenidos por los adquirentes y el importe que hayan obtenido en el proceso de insolvencia del grupo Lehman Brothers. En el caso de los bonos estructurados, ha de detraerse esta última cantidad. Por tal razón, no puede considerarse que, al tiempo de la interposición de la demanda, las indemnizaciones que reclamaban los demandantes tuvieran la consideración de cantidad líquida. Como consecuencia […] es procedente valorar si la doctrina del «canon de la razonabilidad» […] ha sido aplicada correctamente. En el presente supuesto, la decisión de agrupar en una sola demanda las acciones de un número muy elevado de clientes y la complejidad que tal conducta ha provocado en el litigio, ha oscurecido significativamente las diversas cuestiones litigiosas y ha hecho que la oposición de la demandada pueda considerarse razonable, […] Ello supone que la Audiencia Provincial […] ha respetado los principios rectores de la doctrina del «canon de la razonabilidad», […] Por otra parte, la complejidad derivada de la acumulación de las acciones de varios demandantes ha provocado una gran dilación en la tramitación del litigio, lo que hace aún más razonable que la Audiencia Provincial, […] haya decidido que los intereses procesales de la indemnización se devenguen desde la sentencia de apelación. Ha sido la parte demandante la que ha optado por esta acumulación y la que, en consecuencia, ha de soportar las consecuencias negativas de la misma. [Énfasis añadido]