
El Banco Central Europeo (BCE) critica, en el Dictamen de 1 de febrero de 2019, las limitaciones a los pagos en efectivo que establece el anteproyecto de ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. La autoridad califica dichas limitaciones como “desproporcionadas”, criticando especialmente el régimen sancionador previsto por el proyecto de ley. Como recuerda el BCE, el proyecto de ley pretende reforzar la prevención del fraude fiscal y la lucha contra él, pero incluye ciertas novedades en el pago en efectivo que pueden parecer excesivas.
Una de las medidas del proyecto consiste en limitar el pago en efectivo tanto a empresarios o profesionales, como a personas físicas que no tengan su domicilio fiscal en España. Así, limita el pago en efectivo de 2.500 euros a 1.000 euros en las operaciones en las que al menos una de las partes actúe en calidad de empresario o profesional. Por su lado, toda persona física que no tenga su domicilio fiscal en España ni actúe como empresario podrá hacer pagos en efectivo de hasta 10.000 euros (cuando antes este tipo de pago en efectivo se limitaba a operaciones de hasta 15.000 euros).
En este sentido, el BCE recuerda que “la posibilidad de pagar en efectivo sigue siendo muy importante para ciertos sectores sociales”, ya que se trata de un medio de pago ampliamente aceptado, rápido y que no conlleva la posibilidad legal de cargar una comisión por su uso. Por todo ello, el banco central se muestra reacio a aprobar estas medidas y las considera desproporcionadas:
“Bajar a 1.000 euros la limitación de los pagos en efectivo en operaciones en las que el pagador actúa en calidad de empresario o profesional es desproporcionada (…). Esta limitación dificulta la liquidación de operaciones legítimas usando el efectivo como medio de pago”.
Con respecto a la limitación de 10.000 euros para los pagos en efectivo de personas físicas que no actúan en calidad de profesionales y que no tienen su domicilio fiscal en España, el BCE afirma que “la aplicación de una norma distinta a los pagos hechos por no residentes no parece justificada”.
Asimismo, el régimen sancionador previsto por el proyecto de ley también es duramente criticado por el banco central que manifiesta que éste “parece excesivo”, especialmente la multa del 25% del importe pagado que “parece desproporcionadamente elevada”. Como conclusión, el BCE reitera que las limitaciones a los pagos en efectivo “no deben ir más allá de lo necesario para lograr sus objetivos”.
Así, se debe sopesar con cuidado las ventajas y los efectos adversos de este tipo de limitaciones. Como afirma Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, «el uso de efectivo va unido a la libertad individual que hay que preservar».