STS, Sala de lo Civil, núm. 24/2017, de 18 de enero, recurso: 2048/2013. Ponente: Excmo. Sr. Ignacio Sancho Gargallo. Presidente: Excmo. Sr. Francisco Marín Castán.

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foto sinopsis Los representantes de la compañía estaban informados (STS 18 enero 2017)La concatenación sucesiva de contratos: “(…) Así como en otros casos la concatenación sucesiva de contratos no constituye indicio de que el cliente conociera el producto y sus riesgos, sino que, por el tiempo en que se produjo la contratación y las circunstancias que concurrían, muestra más bien que se trataba de una huida hacia adelante, presidida por el desconocimiento, no ocurre lo mismo en el presente supuesto. Las condiciones en que se renovaron sucesivamente los dos primeros swap y, sobre todo, el coste de cancelación del primero, ponen en evidencia que los representantes de la compañía estaban informados sobre el producto y sus concretos riesgos.”

Prueba del cumplimiento: “(…) Como hemos recordado en numerosas ocasiones, no hubiera bastado la simple entrega de las copias del contrato con sus anexos, donde se encontraban unos escenarios. En este sentido las afirmaciones de la Audiencia sobre la diligencia en la lectura de los anexos no serían apropiadas, si no fuera porque, en este caso, también se deja constancia de que hubo una explicación dada por el empleado del banco, que se apoyó en los reseñados anexos. A la vista de lo anterior, es difícil contrariar la valoración jurídica realizada por la Audiencia sin contradecir la base fáctica. Sin perjuicio de que, además, en este concreto caso, las cancelaciones y el pago de los consiguientes costes, que eran bastante significativos, sobre todo el primero, sí muestran que el cliente podía ser consciente del coste que suponía la cancelación anticipada.”

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