european securities and markets authority esma 880x400 880x400 300x188 Los resquicios de la normativa MiFIR sobre intervención de productosEl pasado 12 de enero de 2017, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, en sus siglas en inglés) hizo pública su Opinión sobre el ámbito de las facultades de intervención de productos financieros en el marco del Reglamento de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFIR).

En el documento emitido, ESMA aborda el impacto de la exclusión de las sociedades gestoras de fondos de inversión del ámbito de las facultades de intervención de productos financieros establecidas en la normativa MiFIR.

De acuerdo con dicha regulación, tales facultades se refieren exclusivamente a las actividades que sobre productos financieros realicen las empresas de servicios de inversión a las cuales resulta de aplicación la Directiva MiFID.

ESMA expresa su preocupación por el hecho de que la antedicha exclusión pueda ocasionar que, ante la imposición de restricciones sobre la comercialización de ciertas participaciones o acciones de fondos de inversión (UCITS o AIF) a las entidades MiFID, sean las gestoras de los propios fondos de inversión quienes distribuyan los productos restringidos o prohibidos, al amparo de la exclusión del ámbito de aplicación de MiFIR de estas entidades.

Por este motivo, ESMA considera que, junto a los poderes de intervención establecidos en la normative MiFIR, tanto ESMA como las Autoridades Nacionales deben tener el poder de aplicar restricciones o prohibiciones directamente a las gestoras de fondos, de modo que se garanticen unas mismas herramientas a los Supervisores sobre entidades e instrumentos. Tal y como se recoge en el comunicado de ESMA, el Presidente de ESMA, Steven Maijoor, lo ha expresado con estas palabras: “ESMA considera que la inclusión de las gestoras de fondos en el ámbito del régimen de intervención de MiFIR garantizaría un marco armonizado entre entidades e instrumentos”, lo cual “crearía un terreno de juego equilibrado entre las empresas MiFID y las gestoras de fondos, asegurando que se aborden adecuadamente los riesgos para los inversores y la estabilidad financiera”.

Referencias:

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