Publicado en Neupic, vía Luis Javier Sánchez (Extracto)

hipotecas 300x200 Los jueces tumban las cláusulas suelo de las hipotecas a la espera del fallo definitivo del TJUESerá el TJUE, como en otras cuestiones de nuestra legislación como los desahucios o el derecho al olvido, quien dictamine la retroactividad de las cláusulas suelo en un pronunciamiento que hará el próximo martes 26 de abril (…). Fallará sobre la retroactividad de la nulidad de estas cláusulas, es decir, sobre si los bancos deberían devolver a sus clientes las cantidades cobradas de más desde que empezó a aplicarse el suelo, y no solo desde que el Supremo las declarara nulas. De hecho el propio Alto Tribunal ha señalado que no juzgará ningún tema de este tipo hasta que conozca fallo del TJUE.

Para Fernando Zunzunegui, la situación es clara y habrá que esperar al fallo del TJUE para ver si la retroactividad es total en esta cuestión : “Los jueces imparten justicia y es justo que las familias sean reparadas por el perjuicio ocasionado. Lo que es cuestionable es que la juzgadora retuerza la Ley para lograr satisfacer a los clientes y evitar al mismo tiempo la quiebra de la banca. El Banco de España tiene calculado el importe cobrado de más a los hipotecados por las cláusulas suelo.

Debe ser muy elevado cuando en contra del artículo 1303 del Código civil, la jurisprudencia limita la retroactividad por el perjuicio causado por las cláusulas suelo. Para este experto: “La mala conducta bancaria ha puesto en cuestión la seguridad jurídica en la contratación financiera. El riesgo de nulidad se ha generalizado. Los jueces, al igual que los clientes, han perdido el respeto a la banca. Ya no goza de la presunción de corrección en su actuación. Como si fueran la Administración se consideraba que los bancos actuaban conforme a Derecho. Ahora llueve sobre tierra mojada». Y recuerda que a la nulidad en la comercialización de participaciones preferentes, swaps u ofertas públicas se añade la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas. No son los clientes quienes provocan esta situación. Son los bancos con su mala conducta quienes hacen insostenible su propio negocio.

Desde su punto de vista, la banca, ante la llegada de la crisis, trasladó el riesgo de la brusca bajada de los tipos de interés a los clientes. Para lograrlo incluyó en los contratos de préstamo hipotecario de la mayor parte de sus clientes cláusulas suelo. El objetivo de estas cláusulas, según el informe del Banco de España al Senado de 7 de mayo de 2010 reseñado en la sentencia con el fin de justificar la limitación de la retroactividad, es “mantener un rendimiento mínimo de esos activos (de los préstamos hipotecarios) que permita a las entidades resarcirse de los costes de producción y mantenimiento de estas financiaciones”. Lo cierto es que con las cláusulas suelo las familias hipotecadas se convertían en sostenedores de la banca ante la profundidad de la crisis que se avecinaba.

Pero este conflicto de interés no fue advertido a los clientes al contratar las hipotecas. A su juicio, la situación es “crítica para la banca, pero beneficiosa para la economía. La gestión de la crisis bancaria realizada por los gobiernos de los dos partidos mayoritarios, bajo el auspicio del Banco de España, se ha caracterizado por el rescate a la banca y el abandono de las familias». Las ayudas públicas solo se han otorgado a la banca. Además, las familias hipotecadas con cláusula suelo no han podido beneficiarse del natural descenso de los tipos de interés en tiempos de crisis. Este sacrificio ahora se compensa con la sentencia que anula este tipo de cláusulas. Cientos de miles de familias recibirán decenas de miles de euros y dejarán de pagar el suelo. Sin duda una buena noticia para el consumo y la recuperación de la economía.

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