defensor del pueblo 21 300x187 El Defensor del Pueblo denuncia la “falta de efectividad” del BdE y la CNMV para sancionar a los bancosEl Defensor del Pueblo ha denunciado en su Informe Anual 2015 el sistema establecido para resolver los conflictos entre ciudadanos y entidades financieras, apuntando directamente al Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Para la institución, hay una ausencia de “virtualidad”, ya que las resoluciones no son vinculantes, además de ser “incumplidas por las entidades a las que rara vez se sanciona por sus malas prácticas”.

Con claridad, contundencia y espíritu crítico. Así se expresa la institución presidida por Soledad Becerril en el documento presentado que ocupa casi 700 páginas y en el que no se rehúye ningún tema controvertido: Usura, comisiones y malas prácticas de los bancos. El informe se presenta ante las Cortes Generales.

En su apartado dedicado a la actividad económica, el Defensor se ha referido a “la falta de efectividad de las resoluciones de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España y de la Oficina del Inversor de la Comisión Nacional del Mercado de Valores”. Sostiene a su vez que pese a que se resuelve a favor de los clientes, “estos no ven rectificada la actuación que les causó el perjuicio”. Cabe destacar que casi un 70% de las reclamaciones a la CNMV en 2014 estuvieron relacionadas con la ocultación de riesgos.

Por ello, la institución motivó que se efectuase una Recomendación a la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa para que se arbitrase un sistema de reclamación extrajudicial que sea “verdaderamente eficaz y que obligue a las entidades bancarias a corregir su actuación para que los consumidores encuentren una protección real por parte de la Administración”. En este contexto, señala el Defensor, se continúa evaluando la conveniencia de promover la unificación de los servicios de reclamaciones –definidos como “altamente dispersos”- entre el Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Falta de información en el arbitraje de Bankia

El arbitraje no era universal. El experto a quien el cliente debía entregar su documentación no era verdaderamente independiente, por defender los intereses de la entidad. No se informaba de los motivos de no aceptación al arbitraje. De este modo se ha referido el Defensor del Pueblo al sistema de arbitraje puesto en marcha en 2013 tras el caso de venta de participaciones preferentes por Bankia.

Subraya que el proceso arbitral consiste en un procedimiento especializado en el que el árbitro es elegido por la Junta Nacional de Consumo, pero que en este caso la peculiaridad radica en el nombramiento de un experto independiente, que se encargaba de realizar una selección previa, sobre la documentación aportada por los clientes, para reconocer el derecho al arbitraje.

Sin embargo, este proceso arbitral fue llevado a cabo por una sociedad mercantil, que se encargaba de seleccionar las solicitudes de arbitraje. En caso de no ser seleccionado, denuncia, no se comunica el motivo concreto de la no admisión, y esto, a juicio del Defensor del Pueblo, es “esencial”. De este modo, demanda que los usuarios conozcan las razones de rechazo “para la mejor defensa de sus intereses”.

Varios expertos del sector se pronunciaron en contra del proceso arbitral. Entre ellos el abogado y profesor de Derecho del Mercado Financiero, Fernando Zunzunegui, que calificó de ficción el arbitraje al ser un procedimiento diseñado por Bankia para filtrar a aquellos clientes que “desde el punto de vista reputacional y de cálculos económicos considera más adecuado indemnizarles”.

Usura

Uno de los apartados más relevantes del informe es el dedicado a las prácticas financieras derivadas de la difícil coyuntura económica provocada por la crisis. Muchos ciudadanos se encuentran en situación de exclusión financiera al no poder acudir al crédito oficial, ya sea por impagos o por falta de ingresos. Ello ha provocado que se acuda a otras alternativas como las empresas de crédito rápido, que en muchas ocasiones no actúan con “la ética deseable, dado que no existe una regulación ni control específico”. De hecho, España es uno de los pocos países de la Unión Europea en que se no regulan este tipo de prácticas, que pueden llevar a un ciudadano a pedir 1.200 euros y acabar devolviendo 5.000. Es lo que se conoce como usura. Y en nuestro país, la Ley vigente data de 1908.

Desde el Defensor del Pueblo se han emprendido acciones con la finalidad de que estas opciones “no representen más riesgos económicos para los ciudadanos que el general del mercado financiero”, han comunicado. A pesar de la numerosa jurisprudencia, algunas entidades bancarias imponen tipos de interés en los contratos que “perjudican gravemente a los ciudadanos” y obligan a muchos clientes a acudir a la vía judicial aunque carezcan de medios económicos suficientes, denuncian. En el Informe se propone que los intereses remuneratorios y los moratorios sean limitados a dos veces el interés legal.

En este sentido, tampoco se olvida de las empresas de recobro. Considera que una regulación del sector sería “muy conveniente” para homologar las empresas con respecto al resto de países europeos y para evitar “el uso de medios poco éticos en la actividad de gestión de cobro”. Una regulación supondría establecer un marco jurídico que protegería tanto la posición del deudor como la del acreedor. El Defensor efectuó una Recomendación para que se regulase la actividad, aunque ha sido rechazada por la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, manifiesta el informe.

La ética. Este es uno de los términos al que más apela la institución para enderezar el rumbo del mercado financiero, algo que ya han propuesto diversos profesores universitarios, asociaciones de consumidores, juristas y economistas de reconocido prestigio en el Decálogo para el Cambio de Cultura Bancaria. En un ámbito que excluya la usura según las propuestas doctrinales.

Cuentas sin comisiones

El Defensor del Pueblo ha puesto de relieve algunas de las deficiencias que actualmente perviven en el campo financiero. Una de ellas es la que se refiere a una cuenta básica, tema en el que también se atiende al debate doctrinal. La Institución ya planteó en 2014 la necesidad de que las personas pudiesen tener una cuenta bancaria de bajo coste, en línea con propuestas también abordadas por el Defensor del Pueblo vasco (Ararteko).

Con la entrada en vigor de la Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, se reforzará la transparencia a nivel de la Unión Europea al exigir formatos estandarizados de información sobre comisiones para todos los Estados Miembros. Además, obligará a las entidades de crédito a proporcionar cuentas básicas a un coste razonable. Si bien el plazo para transponer la Directiva no expira hasta el 18 de septiembre de 2016, se está trabajando para incorporar estos preceptos al ordenamiento jurídico español con brevedad.

La institución presidida por Becerril ya se ha pronunciado en diversas cuestiones financieras en lo que llevamos de año, y más concretamente sobre las comisiones bancarias. El pasado febrero instó al Ministerio de Economía y Competitividad a fijar un límite máximo de comisión en los cajeros automáticos, además de solicitar a los bancos que proporcionen “información clara y precisa de las comisiones que permita a los clientes decidir qué cajero utilizar”.

Referencias

Informe Anual 2015 del Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo pide fijar un máximo de comisión en los cajeros (RDMF)

El Descrédito: la usura de pedir 1200 euros y devolver 5000

Casi un 70% de las reclamaciones a la CNMV, relacionadas con la ocultación de riesgos

El arbitraje de Bankia es una ficción (Fernando Zunzunegui)

Decálogo para el cambio de cultura bancaria (Revista Inversión&Finanzas)

 

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