descarga Nuevas reglas de la UE para los derivados de crédito (CDS)La Comisión Europea ha adoptado una serie de reglas sobre la compensación de ciertos derivados negociados en mercados extrabursátiles, con el fin de que se compensen a través de cámaras de contrapartida central autorizadas. El objetivo es contribuir a una mayor transparencia.

Según manifiesta la Comisión Europea, los productos financieros derivados (OTC por sus siglas en inglés), que son productos financieros que no se negocian en bolsas de valores, ocupan un lugar relevante de responsabilidad en la crisis financiera. Estas nuevas reglas suponen un paso más en la línea de los acuerdos de Pittsburgh establecidos por el G20 en 2009, que buscan mejorar la transparencia y mitigar los riesgos en los mercados.

El comisario para la Estabilidad Financiera de la Unión Europea, Jonathan Hill, ha declarado que la decisión supone “otra paso hacia el compromiso firmado por el G20 en su labor de reducir los riesgos e impulsar la confianza en el mercado”. El acuerdo implementa parte de las obligaciones establecidas por el Reglamento sobre la Infraestructura de los Mercados Europeos (EMIR por sus siglas en inglés).

Estas normas entrarán en vigor sujetas al escrutinio del Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea. Se irán aplicando a los largo de tres años para proporcionar un tiempo extra a los pequeños participantes en el mercado.

El Reglamento hace mención en particular a algunos productos de riesgo como algunos tipos de credit default swaps (CDS). Aumentar la transparencia en este tipo de productos de crédito se traduce en un aumento de la estabilidad de los mercados financieros que permitirán disminuir los riesgos. “Ello creará un entorno más propicio para la inversión y el crecimiento económico en la Unión Europea”, ha concluido la Comisión en su nota de prensa.

Referencias

Nota de prensa de la Comisión Europea
Regulación delegada en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la obligación de compensaciónAnexos

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