consob1 300x211 La prioridad del intermediario debe ser el interés del cliente

La Comisión Nacional para las Sociedades y la Bolsa (CONSOB, en sus siglas en italiano), ha publicado una comunicación sobre las normas de conducta en relación con la estructura de comisiones en la distribución de UCITS a la clientela minorista.

El objetivo de esta comunicación es hacer un llamamiento a las entidades financieras para que extremen su diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones de información sobre las comisiones asociadas a la contratación organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (más conocidos como UCITS, en sus siglas en inglés), así como en la identificación y gestión de los conflictos de interés derivados de la oferta de UCITS.

En este sentido, señala la CONSOB que su actividad supervisora ha puesto de manifiesto la falta de uniformidad entre los Estos miembros en relación con el cálculo de las comisiones por rendimiento en UCITS, lo que podría aumentar el riesgo de que los intermediarios actúen de manera oportunista, en contra de sus obligaciones de diligencia y lealtad, ofreciendo o recomendando la suscripción de UCITS que sean más ventajosas para la gestora y el distribuidor.

Así, tal y como señala la CONSOB en su comunicación, la selección de esta clase de productos por parte de los intermediarios debe dirigirse prioritariamente a velar por el interés de sus clientes.

Referencias

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