La Autoridad Bancaria Europea (EBA, en sus siglas en inglés) ha publicado un documento de asesoramiento técnico en relación con los criterios y factores para ejercer los poderes de intervención sobre depósitos estructurados.
Tal y como señala la nota de prensa emitida, este documento responde a la solicitud de la Comisión Europea a EBA de que especifique los criterios y factores que la propia EBA y las autoridades competentes de los Estados miembros deben considerar al valorar si un determinado depósito estructurado supone una amenaza para la protección del inversor o para el buen funcionamiento y la integridad de los mercados financieros.
Este mandato de la Comisión se enmarca en la disposición contenida en el Reglamento relativo a los mercados de instrumentos financieros (más conocido como MiFIR) que establece que EBA podrá prohibir o restringir en la Unión Europea, con carácter temporal, la comercialización, distribución o venta de determinados depósitos estructurados. Este mismo poder de intervención se reconoce a las autoridades competentes en el ámbito de cada Estado miembro.
Referencias
- Documento de asesoramiento técnico de EBA sobre posibles actos delegados sobre criterios y factores para para ejercer los poderes de intervención en relación con los depósitos estructurados, 11 de diciembre de 2014.
- Nota de prensa de EBA, 11 de diciembre de 2014.
- Reglamento (UE) nº 600/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativo a los mercados de instrumentos financieros y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012.