La Comisión Europea ha adoptado un reglamento delegado y un proyecto de propuesta de acto de ejecución del Consejo para regular el cálculo de las contribuciones de los bancos a los fondos de resolución nacionales y al Fondo Único de Resolución.
Tal y como señala la nota de prensa de la Comisión, el reglamento delegado establece la cuantía de la aportación de las entidades de crédito a los fondos de resolución, teniendo en cuenta su tamaño y perfil de riesgo. Por su parte, la propuesta de acto de ejecución del Consejo especifica el método aplicable al cálculo de las contribuciones conforme a los indicadores de riesgo utilizados en el acto delegado.
El Consejo y el Parlamento podrán formular objeciones al reglamento delegado durante un plazo de tres meses prorrogable por otros tres. Con respecto al acto de ejecución del Consejo, el mismo será adoptado formalmente por la Comisión después del 1 de noviembre, y debatido y adoptado por el Consejo antes de que finalice el año.
Referencias
- Reglamento delegado de la Comisión Europea, que complementa la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 en relación con las contribuciones a los acuerdos de financiación de la resolución.
- Proyecto de propuesta de la Comisión Europea para la aprobación de un acto de ejecución del Consejo.
- Nota de prensa de la Comisión Europea, 21 de octubre de 2014.
- “Se aprueba el Fondo Europeo de Resolución Bancaria”, Revista de Derecho del Mercado Financiero, 24 de mayo de 2014.
[…] “Aportaciones al Fondo Europeo de Resolución Bancaria”, Revista de Derecho del Mercado Financie…. […]