El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Tal y como se señala en su Preámbulo, la nueva Ley cumple el doble objetivo de adaptar el ordenamiento jurídico español a los cambios normativos impuestos en el ámbito internacional y de la Unión Europea, y refundir en un único texto legal las principales normas de ordenación y disciplina de entidades de crédito.
Así, la Ley contiene “el núcleo esencial del régimen jurídico aplicable a las entidades de crédito” al transponer la Directiva 2013/36/UE, de 26 de junio e integrar las normas del ámbito nacional que reglan la materia, estableciendo los aspectos generales de acceso a la condición de entidad de crédito, el funcionamiento de los órganos de gobierno, y los instrumentos de supervisión y sanción a emplear por las autoridades. Por lo que respecta a los requisitos de capital y solvencia, y a la adecuada gestión de riesgos por parte de las entidades, tales obligaciones quedarán reguladas en el Reglamento (UE) nº 575/2013, de 26 de junio.
Referencias
- Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
- Directiva 2013/36/UE, de 26 de junio relativa al acceso a la actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, por la que se modifica la Directiva 2002/87/CE y se derogan las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE.
- Reglamento (UE) nº 575/2013, de 26 de junio sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 648/2012.