STS, Sala de lo Civil, Madrid, del 22 de enero de 2014, recurso: 2585/2011, Ponente Excmo. Sr. D. Rafael Sarazá Jimena, Presidente: Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán.

Sinopsis en PDF.

not13 Registro de morosos e intromisión al honor (Sinopsis STS 22 enero 2014)Intromisión ilegítima en el derecho al honor: “Mantener (…) la inclusión de los demandantes en los registros de morosos puede suponer una presión injustificada para que acepten una reclamación judicial que no solo ha sido impugnada sino que además esa impugnación ha ido acompañada de la consignación del importe reclamado para el caso de que fuera desestimada. Esta Sala, en la sentencia núm. 176/2013, de 6 de marzo, declaró: «La inclusión en los registros de morosos no puede ser utilizada por las grandes empresas para buscar obtener el cobro de las cantidades que estiman pertinentes, amparándose en el temor al descrédito personal y menoscabo de su prestigio profesional y a la denegación del acceso al sistema crediticio que supone aparecer en un fichero de morosos […] Por tanto, esta Sala estima que acudir a este método de presión representa (…) una intromisión ilegítima en el derecho al honor (…), por el desvalor social que actualmente comporta estar incluida en un registro de morosos (…), que hace desmerecer el honor al afectar directamente a la capacidad económica y al prestigio personal de cualquier ciudadano entendiendo que tal actuación es abusiva y desproporcionada, apreciándose en consecuencia la infracción denunciada.»”

Requisitos de recogida y tratamiento de datos en los registros de morosos: “Los ficheros de datos referidos al incumplimiento de obligaciones dinerarias, conocidos habitualmente como “registros de morosos” (…), son los que presentan mayores problemas en la práctica, por dos factores fundamentales: (i) la infracción del derecho al honor y el grave daño moral y patrimonial que puede llevar aparejado la inclusión en uno de estos ficheros, y (ii) el modo en que funcionan dichos ficheros, especialmente cómo se nutren de datos. (…) El tratamiento de datos personales destinado o realizado con ocasión de la prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito es objeto de regulación específica en la LOPD. (…) Han de extremarse las exigencias en cuanto a calidad de los datos para que no resulten vulnerados los derechos de los afectados si la inclusión de datos personales en un fichero se hace excepcionalmente sin el consentimiento del afectado, y si además, por la naturaleza del fichero, la inclusión en el mismo puede vulnerar el derecho fundamental al honor (…) y causar graves daños morales y patrimoniales a los afectados. (…) Como lógico desarrollo del principio de calidad de los datos (…), y del rigor con que debe observarse el mismo en ficheros cuyos datos son recogidos y tratados sin el consentimiento del afectado y que pueden causarle graves daños morales y patrimoniales, la Instrucción 1/1995 de la AEPD establecía como requisitos en que se concretaba la exigencia de calidad de los datos de estos ficheros, entre otros, la existencia de una deuda cierta, vencida, exigible, que hubiera resultado impagada (en este sentido, sentencia de esta Sala núm. 226/2012, de 9 de abril).”

Finalidad de los registros de morosos: “La finalidad de los ficheros de datos personales (…) era la información sobre la solvencia económica de los afectados, por cuanto que el art. 29.4 LOPD prevé que «sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados […] siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos». (…) Los ficheros en cuestión no tienen por finalidad constatar si la entidad bancaria ha sido o no satisfecha del crédito que consideraba tener por intereses y costas (…), sino suministrar información sobre la solvencia económica de sus deudores, derivada de su incumplimiento de obligaciones dinerarias vencidas, líquidas y exigibles, por lo que solo podía registrar y ceder los datos de carácter personal que fueran determinantes para enjuiciar tal solvencia.”

print button gray Registro de morosos e intromisión al honor (Sinopsis STS 22 enero 2014)

Deja un comentario