descarga1 Condena a Bankia por falta de información en la comercialización de un swap a una empresaEl Juzgado de Primera Instancia Nº 71 de Madrid, en el procedimiento ordinario 347/2013, ha estimado la demanda interpuesta por Zunzunegui Abogados, por la que se solicitaba la nulidad de un contrato de permuta financiera (swap) de tipo de interés comercializado por Bankia a una empresa, y ha condenado a la entidad financiera, con imposición de costas, a restituir las liquidaciones pagadas por la actora, que ascienden a 11.266,75€, con los intereses legales.

Según la sentencia, Bankia no probó en el procedimiento que el administrador único de la mercantil pudiera comprender el contrato de swap y, en este sentido, afirma que el Test de Conveniencia no aportaba información sobre los conocimientos y experiencia del cliente, convirtiéndose en “un mero trámite para cumplir formalmente con la normativa vigente”. La sentencia recoge que Bankia no proporcionó al cliente información fundamental, “no solo de la situación de los tipos a la fecha del contrato, sino también de las previsiones que hay a corto y medio plazo y como van variando esas previsiones”, ni se efectuaron supuestos hipotéticos que ilustraran las distintas variaciones que puede sufrir el producto.

Lo más destacable de la sentencia es que califica a las empresas como la actora como “usuarios de servicios bancarios”, y concluye que “no se cumplió el deber informativo que exige la legislación vigente” y “que prestaron el consentimiento viciado por un error invencible, lo que determina la nulidad del contrato”.

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