Aplican la principal conclusión de la Defensora del Pueblo, recomendada por Zunzunegui

%name Acuerdo político asumido por la AEB de moratoria de desahuciosLa Asociación Española de Banca (AEB), ante la alarma social generada por los desahucios hipotecarios, tras diversos contactos con representantes del Gobierno y haberse entrevistado con la Defensora del Pueblo, ha anunciado el “compromiso de las entidades miembros de la AEB, por razones humanitarias y en el marco de su política de responsabilidad social, de paralizar los lanzamientos durante los dos próximos años, en aquellos casos en que concurran circunstancias de extrema necesidad”. A su vez, la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) ha decidido suspender la ejecución de desahucios de vivienda habitual de colectivos especialmente vulnerables, hasta la entrada en vigor de la reforma normativa anunciada por las autoridades. Las cajas estudiaran caso por caso para ofrecer a los clientes hipotecarios la medida más oportuna, como refinanciaciones, periodos de carencia, daciones en pago con carácter voluntario o la adquisición de vivienda para su posterior alquiler al deudor.

De este modo se aplica la principal recomendación del Informe de la Defensor del Pueblo sobre Crisis económica y deudores hipotecarios, de enero de 2012, elaborado con base en el informe del profesor Fernando Zunzunegui, sobre Prácticas hipotecarias de las entidades bancarias, de 1 de de noviembre de 2011.

El Informe del profesor Zunzunegui dedica un apartado al “Acuerdo político asumido por el sector”, en el que se destaca lo siguiente:

La grave situación en que se encuentran las familias hipotecadas y la banca acreedora aconsejan dar una respuesta inmediata a través de un acuerdo político que sea asumido por los bancos acreedores a través de sus organismos representativos (AEB y CECA).

Parte de ese acuerdo asumido por la banca podría ser una moratoria en los pagos de las cuotas hipotecarias. Se podrían facilitar los aplazamientos de pago, a semejanza del art. 11 de la Ley 28/1998, de 13 de julio, reguladora de la Venta a Plazo de Bienes Muebles, que autoriza a los jueces a imponerlos en atención a desgracias familiares o circunstancias que lo aconsejen. Esta moratoria tan solo supondría el aplazamiento en el pago, sin condonación de deuda. Se trata de una reestructuración de la deuda que genera más negocio para la banca, pues cobra más y durante más tiempo. Con mayor recelo deben verse las propuestas que extienden la moratoria, en situaciones extremas, a la posibilidad de descargar definitivamente al deudor de sus obligaciones, de modo total o parcial.

Hay otro elenco de posibilidades que podrían acompañar a la moratoria, como la supresión de tasas, costas, moderación de cláusulas penales, o la paralización del devengo de intereses durante el proceso, que coadyuven a superar las dificultades para atender los créditos pendientes de abono.

Para concluir que se debería llegar a un acuerdo político asumido por la industria bancaria, incluyendo una moratoria en el pago de las hipotecas. Esta recomendación fue recogida en el Informe del Defensor del Pueblo considerando que toda solución al presente conflicto requiere un compromiso y aceptación de los operadores del sector financiero, porque sin su colaboración no se puede llegar a buen fin.

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