Vía Europa Press

%name Bankpyme, condenado por preferentesEl Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona ha condenado a Bankpyme (adquirida recientemente por La Caixa) a devolver a sus clientes más de 2 millones de euros por incumplimiento contractual en la colocación de participaciones preferentes de Lehman Brothers y los bancos Islandeses, Kaupthing Bank y Landbanki, según la sentencia dictada el pasado 14 de abril.

La sentencia estima la demanda presentada por 31 clientes del banco, declara la nulidad de los contratos y obliga a la entidad a devolver a los clientes las cantidades invertidas más sus intereses legales por haber «incumplido sus obligaciones contractuales de diligencia, lealtad e información», que exige el artículo 1.124 del Código Civil.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona, considera probado que Bankpime incurrió en «tres serias deficiencias en su tarea de asesoramiento» a sus clientes.

La entidad financiera «recomendó productos inadecuados al perfil de los inversores, ya que todos ellos eran minoristas de perfil conservador y buscaban la seguridad en sus inversiones», explica la sentencia.

Además, la juez concluye que Bankpyme «no informó de las características ni de los riesgos de los productos ni antes ni en el momento de su compra» y tampoco comunicó a sus clientes «el progresivo deterioro del riesgo de insolvencia» del emisor Lehman Brothers y de los bancos islandeses, emisores a partir del verano de 2007.

«Esta mala praxis mostrada por Bankpime ha provocado graves pérdidas a los inversores afectados», concluye la sentencia, que puede constituir un referente en los numerosos litigios que se están planteando en torno a la comercialización de participaciones preferentes, según explicaron los despachos de los afectados, Zunzunegui y Jausas.

Fernando Zunzunegui, presidente de Zunzunegui Abogados, y Jordi Ruiz de Villa, socio de Jausas, se mostraron «especialmente» satisfechos al considerar que «en la sentencia, además, se reconoce por primera vez que la colocación de preferentes ha tenido lugar mediante una venta asesorada, en la que debiera haber primado el buen asesoramiento sobre el interés del banco en colocar el producto».

Referencia
Sentencia por la que se condena a Bankpyme por colocación de preferentes, del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona

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5 comentarios

  1. felicidades por esta sentencia,pero como es recurrible el partido continua.
    Es muy de señalar las diferencias de critrerio entre jueces cuando las demandas son las mismas.con unos perdemos y nos condenan y con otro nos dan un aire de respiro. Confiemos que ahora los nuevos jueces tengan un criterio mas acorde y resuelvan como es de ley a nuestro favor.saludos