Editorial
Fernando Zunzunegui

llavedin Hipoteca inversa y asesoramiento independienteLa hipoteca inversa es un préstamo o crédito hipotecario que faculta a la persona mayor propietaria de una vivienda para disponer de unas sumas periódicas hasta cierto importe determinado por un porcentaje del valor de tasación de la vivienda en el momento de la constitución de la hipoteca. Cuando se alcanza dicho porcentaje, el mayor deja de disponer de la renta y la deuda sigue generando intereses.

La recuperación por parte de la entidad del crédito dispuesto más los intereses se produce normalmente de una vez cuando fallece el propietario, mediante la cancelación de la deuda por los herederos, que no tienen por que haber sido informados de la constitución de la hipoteca inversa, o la ejecución de la garantía hipotecaria por parte de la entidad de crédito.

Es cierto que el desarrollo de un mercado de hipotecas inversas abre a los mayores la posibilidad de utilizar parte de su patrimonio inmobiliario para aumentar su renta, es decir, ofreciéndoles la posibilidad de disfrutar en vida del ahorro acumulado en la vivienda. Pero también es cierto que es un producto de riesgo, bastante complejo, difícil de entender por las personas mayores a las que se dirige.

Con buen criterio se ha establecido como condición necesaria para la concesión de una hipoteca inversa que la persona mayor que de este modo arriesga su vivienda cuente con la ayuda de un asesor independiente. Estos asesores no pueden estar vinculados a las entidades de crédito que conceden los préstamos. Su asesoramiento debe tener en cuenta la situación financiera del mayor y los riesgos económicos derivados de la suscripción de la hipoteca.

De este modo se podrán evitar abusos como los que están sucediendo en los Estados Unidos en la contratación de este tipo de productos.

Referencias

Acceda a la Ficha de Legislación Hipoteca Inversa

Sobre la situación en los Estados Unidos lea: Tapping Into Homes Can Be Pitfall for the Elderly, Charles Duhigg, The New York Times, 2 marzo 2008.

print button gray Hipoteca inversa y asesoramiento independiente

2 comentarios

  1. La figura está pendiente de desarrollo reglamentario. Le corresponde al Ministro de Economía y Hacienda establecer mediante una orden ministerial las condiciones, forma y requisitos para la realización de estas funciones de asesoramiento.

Responder a RDMF Cancelar respuesta